La libertad de cultos y la inmigración judía en México

JOSÉ KAMINER TAUBER Z”L

A lo largo de poco más de cinco siglos, México ha transitado de la  exclusividad de la religión católica a la pluralidad de creencias, principalmente cristianas. El  camino no ha sido fácil, en todo el territorio nacional y en todos los sectores sociales, ni mucho menos, ha llegado a un estado de plena vigencia de la convivencia pacífica y respetuosa entre los habitantes con diferente orientación religiosa. En efecto, el problema muestra en este proceso una doble cara que instiga al rechazo, la incomprensión, la vejación, cuando no a la violencia extrema: Sin lugar a dudas, el marco legal prevaleciente en los momentos históricos tuvo, que ver en la presencia pública, o en la confusión social, de las preferencias religiosas.

En el pasado se suponía, a raíz de las guerras de religión ocurridas en Europa, que los originarios de tal y cual país, por el simple hecho de su nacionalidad de origen, profesaban tal o cual religión, lo cual sabemos no siempre fue así. Pero ello sirvió para abrir o cerrar puertas a los extranjeros según fuera el caso. Éste prejuicio existía en los ocasionales encuentros en los puertos. Los lugareños, de igual manera, sabían qué podían tener  beneficios o riesgos por mantener vínculos con un extranjero, sobre todo si éste era de un país considerado enemigo y practicante de una religión ajena a la propia. El extranjero durante su paso corría riesgos, como también el lugareño que se relacionaba con él, enfrentaba mayores peligros desde la sospecha, el ostracismo y otros daños que no lograba liberarse aún cuando el visitante ya hubiera partido. Por esta razón, hubo la necesidad de hacer referencia a los procesos de identificación y de diferenciación social y religiosa.

 

 

I. La época colonial

Durante la época colonial, las condiciones jurídicas y políticas no permitieron el establecimiento en México de evangelizadores de otras latitudes que no fueran las hispanas con pertenencia religiosa al catolicismo.

Como se sabe, al poco tiempo que España estableciera su dominio en este territorio, surgió el protestantismo como concepción y práctica alternativa al catolicismo, lo que motivo que los reyes españoles cerraran las relaciones de los hispanoparlantes con los de otras lenguas y procederes sociales.

En particular, se destacaron en esta labor Carlos I, a su vez el emperador Carlos V, y su hijo Felipe II, quienes en sus largos reinados establecieron las normas que seguirían sus descendientes, los Habsburgo, así como sus sucesores los Borbones. La única inmigración religiosa fomentada y respaldada, mediante la cobertura legal del Real Patronato de Indias, fue la del clero regular y secular de la Iglesia católica.

En este lapso, se debía distinguir las inmigraciones católicas de otras cristianas-protestantes. Las primeras estuvieron vinculadas a las tareas de evangelización y pacificación de las poblaciones indígenas; las segundas fueron prohibidas y quienes eran descubiertos eran considerados herejes, Recuérdese, las pruebas de sangre, la compra de títulos, la creación artificial de nuevas identidades para poder vivir en la Colonia, como fue el caso de los judíos y de otras minorías que tuvieron que disfrazar su identidad étnica y cultural para poder vivir en la Nueva España. No está por demás indicar que una parte significativa de los herejes eran miembros de las tripulaciones marítimas de las potencias opositoras de España como Inglaterra y Holanda, por lo que existía la facilidad para poder identificar a los extranjeros que atentaban contra el régimen español.

II. México independiente

La aparición de un documento antes de consumarse la independencia que reflejara la necesidad de lograr una organización autónoma fue concebida por Morelos en 1813. Encontramos en su escrito “los “Sentimientos de la Nación”, donde exponía, entre varios puntos, que América es libre e independiente de España y de cualquier otra nación, gobierno o monarquía y la soberanía dimana del pueblo.

En un Congreso Constituyente itinerante, se expidió en octubre de 1814 el Decreto Constitucional para la Libertad de Mexicana, mejor conocido como Constitución de Apatzingán.

El documento recogía algunos de los principios políticos y aspiraciones de independencia, aunque no pudo estar en vigor un solo día, porque amenazaba los intereses de los españoles, que aún dominaban al país, la Constitución de Apatzingán establecía los derechos humanos de igualdad, seguridad, propiedad y libertad, la religión católica como la única reconocida en el país y se estipulaba que para el logro de la ciudadanía el extranjero debía profesar la religión católica.

Tras la consumación de la independencia, se instaló el primer Congreso Constituyente en febrero de 1822, en el cual se proclamó emperador a Agustín de Iturbide.

 

III. La constitución de 1824

En enero de 1824 un nuevo Congreso estableció el Acta Constitutiva de la Federación, que instituía el sistema federal y en cuestión de cultos se estipulaba como única y oficial a la Iglesia católica.

La promulgación de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos del año 1824, fue el 3 de octubre de ese año, sin embargo durante los primeros 50 años de la vida independiente de México, hubo la confrontación de diferentes proyectos de nación, encabezados por las fracciones conservadoras y liberales, eso no impedía que ambas fracciones coincidieran en la necesidad de importar gente que viniera a ocupar espacios vacíos del territorio nacional, a la vez que con su presencia enriquecieran el desarrollo del país por sus conocimientos de distintas actividades productivas. Empero, discrepaban en el tipo de emigrante deseado; los conservadores, en aras de preservar el catolicismo, pretendían españoles y católicos, mientras que los liberales, por su parte, volteaban sus ojos a los pueblos anglosajones.

Como es sabido, el triunfo liberal permitiría a finales de los cincuenta el establecimiento de las libertades de conciencia, creencia y entre otras, lo que daría facilidad, al menos legal, para que gente de otras latitudes y creencias vinieran a residir en México.

 

IV. La Constitución de 1857

Si bien en la Constitución de 1857 ya se había establecido el reconocimiento a la libertad de credos y las prácticas religiosas (ya numerosas en ese entonces), la vigencia de dicho derecho no tuvo su aplicación inmediata pues el clero católico, los políticos conservadores y los grandes propietarios no sólo se manifestaron contra ese indispensable derecho ciudadano sino que se opusieron de forma violenta a la nueva Constitución llamando a la desobediencia civil y la rebelión, generando lo que se denominó posteriormente la “Guerra de Reforma”.

Esos sectores habían desconocido como presidente legítimo a Benito Juárez García. Sería en el año de 1860, tres años después, cuando se aprobarían las Leyes de Reforma que incluían la libertad de cultos. El 4 de diciembre de 1860, el presidente Juárez, a través de la Ley de Libertad de Cultos, establece y reconoce en México el derecho expreso de todos los mexicanos a practicar libremente las creencias religiosas de su preferencia, sentando con ello además las bases para terminar en forma definitiva contra toda religión del Estado.

V. La constitución de 1917

La constitución de 1917 es  la vigente en la actualidad, muchas veces ha sido reformada, para adaptarla a las circunstancias, que cambian con el tiempo, pero sus principios básicos siguen normando la vida de México. El Artículo 3° por ejemplo declara que la educación primaria debe ser obligatoria y gratuita. Además, debe ser laica, ajena a toda doctrina religiosa, para garantizar la libertad de cultos.

 

VI. La inmigración judía

La presencia judía en México data del año 1519, cuando llegaron los españoles. Desde los tiempos del Presidente Benito Juárez, México había pretendido abrir sus puertas a la inmigración con el fin de fortalecer su economía. En 1856, con las Leyes de Reforma, el movimiento liberal logró algunas modificaciones a la legislación que permitía la inmigración a los “no católicos” y con la nueva Constitución de 1857 se le dio igualdad de derechos y garantías a mexicanos y extranjeros, aceptando la tolerancia religiosa.

Hasta finales del siglo XIX y principios del XX, es cuando se empieza a constituir la Comunidad Judía Mexicana a partir de la inmigración de judíos provenientes, principalmente, de la zona del Imperio Otomano. Las vidas de los judíos y sus propiedades se volvieron más vulnerables que antes.

El 9 de noviembre de 1938, debido a los momentos por los que atravesaba el judaísmo europeo, se constituyó el Comité Central Israelita de México, que  resultó, en primer término, como una asociación pro-refugiados judíos de Europa. Paralelamente, pretendió dar respuesta a las necesidades de cohesión y de representatividad política de los sectores comunitarios provenientes de diversas regiones del mundo. Su nacimiento aseguró que dentro de la variedad prevalecieran la unidad y una vida comunitaria organizada e integrada. Al mismo tiempo, respondió al imperativo de cimentar y abrir vínculos de comunicación con las instituciones más relevantes del México contemporáneo.

#IndependenciaDeMéxico

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