Las células madre y el judaísmo

COMUNIDAD JUDÍA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Con un espectacular desarrollo rodando sobre el siguiente, en una sucesión cada vez más rápida, nuestra generación está siendo testigo de la compresión de la historia en el reino científico y médico tanto como en el geopolítico. En efecto, bien puede ser que, a largo plazo, la dirección de la humanidad y su historia sean, en última instancia, más profundamente afectadas por estos desarrollos científicos y médicos que aun por las convulsiones políticas globales corrientes y sin precedentes que tienen lugar.

La ética médica se concentra mayormente en los extremos opuestos de la vida. Por ejemplo, las cuestiones del comienzo de la vida se relacionan principalmente con los temas del aborto, la contracepción y la concepción, aun antes del nacimiento. En el otro extremo de la vida, las indagaciones se relacionan con el manejo del proceso de morir, el momento de la muerte, las autopsias y la recolección de órganos incluso antes de la muerte.

Este artículo delinea los hechos médicos esenciales relativos a la investigación y terapia de la célula madre y resume los principales enfoques de la ley ludía que se han propuesto hasta ahora. Claramente, dada la novedad de estas innovaciones, tanto los interrogantes médicos y científicos como las respuestas legales judías, son fluctuantes y deben ser tentativas en este punto en el tiempo.

¿Qué son las células madres?

Cualquier discusión sobre ética médica debe ser gobernada por el axioma: una buena ética y una buena ley judía requieren buenas evidencias.

Todas las diversas partes de una planta o de un árbol -el tronco, las ramas, las hojas y los frutos- se desarrollan de un retoño. Similarmente, todas las células de un organismo viviente se desarrollan de células precursoras conocidas como células madre.

El desarrollo de los mamíferos comienza con la unión de una célula del esperma masculino con el óvulo femenino. La célula resultante tiene el potencial inherente de desarrollarse en la entera gama de células que forman el organismo. La célula primaria se divide, en el término de algunas horas luego de la fertilización, en dos idénticas células duplicadas, cada una de las cuales retiene ese amplio potencial. Luego de algunas divisiones más, hacia aproximadamente el cuarto día, estas células comienzan a especializarse, formando una esfera hueca llamada blastocito, compuesta por una capa externa y otra interna de células. Las células de la capa externa están destinadas a formar la placenta y otros tejidos sustentadores del embarazo. Las células de la capa interna continúan desarrollándose para constituir todos los órganos y tejidos del feto en formación.

Estas células están ahora algo más limitadas en su potencial -pueden dar origen a muchos pero no a todos los tipos de células necesarias para el desarrollo fetal-. A medida que las células madre “maduran”, su potencial para desarrollarse en cualquier clase de tejido humano decrece. Poco después, estas células madre sufren una mayor especialización (llamada diferenciación), transformándose en células consagradas a desarrollarse en una línea dada de células.

Finalmente, las células madre se desarrollan en “células maestras” asignadas para multiplicarse en tipos de tejidos específicos. Por ejemplo, las células madre sanguíneas se desarrollarán en los varios tipos de células de la sangre; las células madre de la piel, en los diversos tipos de células de la piel. Una vez que alcanzan el nivel de especialización, se abocan a desarrollar tejidos específicos. Las células relacionadas con la sangre son las células madre mejor comprendidas. Residen en la médula ósea de todos los niños y adultos, y están, de hecho, habitualmente presentes, en muy pequeñas cantidades, también en la corriente circulatoria sanguínea. Debido a que los glóbulos rojos y blancos en la sangre periférica, tienen una expectativa limitada de vida, las células madre son cruciales para mantener una adecuada provisión de sangre en la persona sana…

¿Dónde están las células madre?

En el presente, existen diversas fuentes de células madre:
– Embriones humanos incipientes. En general, estos embriones son desarrollados como resultado del procedimiento de las parejas que utilizan la fertilización in vitro para concebir un hijo. La unión del esperma y de los óvulos en un recipiente vítreo, produce muchos embriones. Implementar todos en el útero de la madre le acarrearía un grave peligro debido a los múltiples fetos que tendría que cargar. Por lo tanto, sólo unos pocos son implantados; el resto son sobras o reserva.

Estos embriones pre-implantados son una fuente ampliamente utilizada de células madre.
– Tejido obtenido de fetos abortados.
– Células obtenidas del cordón umbilical.
– Utilizando la transferencia nuclear de células somáticas (SCNT en inglés), un núcleo de una célula de adulto conteniendo genes, puede ser combinada con un óvulo del cual haya sido quitado el núcleo.

Mediante técnicas especiales, la célula resultante puede ser inducida a dividirse y a desarrollarse en una incipiente célula madre para formar un blastocito, del cual pueden obtenerse células muy potentes. Ésta es la base de la clonación.

Implicaciones para el futuro

¿Por qué aislar y desarrollar multi-potentes células madre, esto es, células madre que tienen la capacidad de transformarse en cualquier tejido humano? En el nivel más fundamental, la investigación de la célula madre ayudará enormemente a comprender los complejos eventos del desarrollo mamífero en sus primeras etapas. En segundo lugar, tal investigación podría cambiar dramáticamente la manera en que las drogas son desarrolladas y probadas. Líneas específicas de células sanas o enfermas podrían ser expuestas a drogas específicas, obviando ampliamente la necesidad de pruebas humanas mucho más peligrosas y costosas.

Las aplicaciones de más largo alcance serían en el área de las terapias celulares. Millares de personas se hallan en listas de espera para trasplantes de órgano. Debido a que el suministro de donantes es mucho menor que el número de pacientes que esperan, muchos pacientes morirán a causa de sus enfermedades antes que pueda encontrarse donantes adecuados… Por último, se espera que las células madre puedan ser estimuladas para desarrollarse en una fuente de células de reemplazo para crear bancos de tejido humano trasplantable.

Existen ya suficientes razones para creer que esto será posible para reponer las células cerebrales enfermas o ausentes a causa de las enfermedades de Parkinson o Alzheimer, ataques, heridas en la columna espinal, diversas enfermedades del corazón, diabetes y artritis.

Consideraciones legales judías

Comenzamos a perfilar el enfoque judío legal sobre la investigación de la célula madre, enfatizando algunos amplios principios generales.

En contraste con otras religiones, el judaísmo no tiene ningún problema en “actuar como D´s”, siempre y cuando lo hagamos de acuerdo a Sus reglas, como lo expresa el auténtico mandato judío legal. Lejos de ser eludido, “actuar como D´s” en la tradición judía es, de hecho, un imperativo religioso: el concepto de emular a D´s está implícito en el mandato de curar y proporcionar un efectivo alivio médico donde quiera que sea posible. Digno de notar: las únicas dos “profesiones” adscriptas a D´s Mismo son aquellas de enseñar y curar. A través de enseñar y/o curar, cumplimos con la obligación de “actuar como D´s”.

No hay ninguna razón para que la manipulación microscópica de un mapa genético deficiente deba ser en absoluto diferente de la manipulación quirúrgica de un tejido u órgano defectuoso macroscópico -esto es, visible para el ojo sin ayuda. La ley judía normativa sanciona -mejor dicho incentiva- la intervención médica para corregir tanto defectos congénitos como adquiridos, y no hace ninguna distinción entre tejidos de células madre o somáticas (del cuerpo).

La distinción crucial aquí es entre el acto permitido de corregir un defecto y el acto prohibido de intentar perfeccionar las creaciones de D´s (generalmente proscriptas por las leyes de cruza de especies). Por ejemplo, sería permitido, si fuera posible, corregir el defecto genético que conduce al síndrome de Down, pero manipular genes para producir un “cuerpo perfecto” de 1.90 m de altura y ojos celestes, eso estaría prohibido.

No habría, en consecuencia, ningún problema legal judío en usar células madre derivadas de tejido adulto. Similarmente, usar células del tejido del cordón umbilical estaría permitido. Una preocupación relativamente menor podría ser la siguiente: ¿Puede uno hacer recolectar y congelar tejido umbilical, de modo tal que las células se encuentren disponibles en caso de que uno requiera una terapia de células madre alguna vez en el futuro? ¿Es este grado de esfuerzo para intentar asegurar la propia salud, apropiado o excesivo?

En tanto que existen pocas objeciones legales judías para obtener las células madre del tejido del adulto o del cordón umbilical, se suscitan problemas, sin embargo, con la obtención de células madre del tejido embrionario.

El tejido embrionario post implante (esto es un embrión ya implantado en la pared uterina) es, después de todo, un incipiente feto; claramente ninguna sanción se aplicaría por abortar un feto a fin de obtener tejido de células madre. Incluso si fuera necesario tejido fetal para proveer una terapia sustentadora de vida para un paciente, ninguna sanción se daría por sacrificar a un inocente feto aun en interés de salvar otra vida. La única excepción a esta regla es la obligación de dejar perder la vida del feto “no inocente” cuando la continuación de su existencia constituye un peligro para su madre en virtud del status de perseguidor del feto

Aun la vida fetal antes del día 40º de gestación -la cual es considerada como “meramente agua”- no puede ser abortada a fin de obtener tejido de célula madre. Antes de los 40 días, un feto abortado espontáneamente no provoca cuestiones de pureza relacionadas con el nacimiento y, por lo tanto, es de menor status que un feto más maduro.

(Hay un extenso cuerpo de escrituras rabínicas respecto al status del día 40 de un feto).
Hacia el futuro

La fuente primaria de tejido de célula madre embrionaria es el embrión que no ha sido implantado en la pared uterina. Como fue tratado más arriba, éstos son, generalmente, los “subproductos”, los embriones de reserva dejados a un lado durante la fertilización in vitro, a fin de no sobrecargar peligrosamente el útero de la madre.

El status legal judío de estos embriones de reserva no implantados, es aún poco claro.

Algunas opiniones rabínicas sugieren que, además del hito del día 40, un embrión no alcanza el status fetal hasta no ser implantado en el útero. Previamente a eso, mientras todavía está en el recipiente vítreo o en otro medio artificial, no puede desarrollarse en un feto viable.

Por lo tanto, tales embriones incipientes no tienen, en absoluto, un potencial real de vida y no son considerados vivos. Consecuentemente, no habría ninguna oposición judía legal para disponer de ellos, investigar sobre ellos u obtener tejido de células madre de ellos.

El status del embrión pre-implante tiene otra consecuencia judía legal potencialmente importante. El diagnóstico genético de pre-implante (PGD), ofrece un promisorio enfoque para impedir el nacimiento de niños genéticamente defectuosos. Al estudiar los embriones antes de su implante en el útero, es posible identificar esos genes deficientes.

Seleccionando sólo los embriones genéticamente intactos para el implante, se evitaría el desarrollo de fetos genéticamente defectuosos. Asumiendo que el embrión pre-implante no ha alcanzado el nivel de feto, la sanción judía legal podría ser posible. Las cuestiones éticas suscitadas por la investigación y la terapia de las células madre, son, por supuesto, no sólo de interés para los judíos.

En una transmisión nacional sin precedentes, el ex Presidente Bush definió algunas regulaciones moderadamente restrictivas.

Recientemente, la Administración arguyó fuertemente a favor de prohibir toda investigación en la clonación humana. Evidentemente, el cruce entre la ciencia médica y la generación de la vida misma, suscita temores y una genuina preocupación en las mentes de mucha gente pensante. Se vuelve aparente que los intereses legales judíos pueden ser más permisivos de lo que generalmente se entiende. Claramente, nos corresponde a nosotros, como judíos, aprovechar todo conocimiento de Torá y científico que podamos, no sólo para tratar de encontrar una guía legal judía para nosotros sino, y tal vez igualmente importante, mientras nos esforzamos por cumplir nuestro mandato nacional de ser una Luz para las Naciones, -por ayudar a echar luz sobre estos desconcertantes asuntos para la sociedad en general.

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