AGENCIA JUDÍA DE NOTICIAS
27 de enero 2013.-El 1º de noviembre de 2005, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) estableció, en su 42ª sesión plenaria y con el consenso de todos sus miembros, que el 27 de enero de cada año se recuerde el “Día Internacional de Conmemoración Anual en Memoria de las Víctimas del Holocausto” (ver afiche), mediante la resolución 60/7 (ver al pie).
La fecha coincide con la llegada, en 1945, del Ejército Rojo soviético al campo de exterminio de Auschwitz-Birkenau, en Polonia, poco después de que éste fuera abandonado por los nazis.
La citada norma está integrada por 6 artículos y también reconoce el exterminio de un tercio del pueblo judío durante la Segunda Guerra Mundial, rechaza la negación de la Shoá, insta a sus Estados miembros a que elaboren programas educativos alusivos y preserven los lugares históricos donde funcionaran campos de trabajo y exterminio, y condena toda manifestación de intolerancia y discriminación por motivos religiosos y étnicos.
Este año, el organismo eligió como lema “El rescate durante el Holocausto”: el coraje de ayudar, en homenaje a quienes pusieron en peligro su vida y la de sus familias para salvar la de otras personas de una muerte segura. La ONU llevó a cabo su acto de recordación el viernes pasado, donde el titular de la ONU, Ban Ki-moon, recordó a los “judíos, gitanos, homosexuales, comunistas, enfermos mentales y otros” que fueron perseguidos y exterminados en campos de concentración. “Ellos no se ajustaban a la perversa ideología de la perfección aria de Hitler, indicó al recalcar en la necesidad de que esos crímenes nunca caigan en el olvido”, agregó.
El máximo responsable de la ONU apuntó que algunas de esas historias constituyen verdaderos iconos, pero advirtió que existen otras muchas que solo son conocidas por quienes se beneficiaron de sus valientes actos. Para eso, anunció la publicación de un material educativo sobre el ejemplo de aquellos hombres y mujeres que demostraron la capacidad de la humanidad para realizar extraordinarios actos de bondad. “Su ejemplo puede ayudarnos hoy a construir un mundo mejor”, concluyó.
En el caso de la Argentina, el gobierno comenzó a efectuarlo de inmediato, desde comienzos de 2006, y la organización del acto oficial es responsabilidad, en forma rotativa, de los tres ministerios que integran el Capítulo Argentino del Grupo de Trabajo para la Cooperación Internacional en la Educación, la Rememoración y la Investigación del Holocausto (ITF, por su sigla en inglés), los de Educación, de Justicia y Derechos Humanos, y de Relaciones Exteriores y Culto, junto con las diversas entidades de la sociedad civil que participan del mismo.
En esta ocasión, el acto central se realizará el lunes 28 a las 16hs, en el Salón de Actos del Banco Nación, avenida Rivadavia 325, bajo la consigna “Quien salva una sola vida, es como si salvara el universo entero”.
En 1959, la Knesset (Parlamento israelí) estableció esta fecha como el “Día de Recordación de la Shoá y del Heroísmo”, a fin de dedicarlo “cada año a la comunión del recuerdo del desastre que causaron al pueblo judío los nazis y sus ayudantes con el recuerdo de los actos de heroísmo y rebelión de aquellos días”.
En la Argentina, la DAIA asumió la responsabilidad de organizar un acto central comunitario en esa fecha o días cercanos, mientras que otras instituciones del país, como el Museo del Holocausto, también lo conmemoran, e incluso existe otro evento dedicado a las víctimas de las comunidades sefaradíes, que se realiza en agosto, en el Centro Comunitario Chalom.
Resolución de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas:
Naciones Unidas A/RES/60/7
Asamblea General
Distr. general
21 de noviembre de 2005
Sexagésimo período de sesiones
Tema 72 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
60/7. Recordación del Holocausto
La Asamblea General,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos (1), en que proclama que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin hacer distinción alguna por motivos de raza, religión o de ninguna otra índole.
Recordando el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que se afirma que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Recordando también el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (2), en los que se proclama que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Teniendo presente que el principio en que se funda la Carta de las Naciones Unidas “de preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra” atestigua el vínculo indisoluble que existe entre la Organización y la tragedia sin parangón de la segunda guerra mundial.
Recordando la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (3), que se aprobó para evitar que volvieran a repetirse genocidios como los cometidos por el régimen nazi.
Recordando también el preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que se afirma que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad.
Tomando nota de que en su sexagésimo período de sesiones se celebra el año en que se cumple el sexagésimo aniversario de la derrota del régimen nazi.
Recordando su vigésimo octavo período extraordinario de sesiones, un acontecimiento sin igual, que se celebró en conmemoración del sexagésimo aniversario de la liberación de los campos de concentración nazis,
Rindiendo homenaje al valor y a la entrega demostrados por los soldados que liberaron los campos de concentración.
Reafirmando que el Holocausto, que tuvo como resultado que un tercio del pueblo judío e innumerables miembros de otras minorías murieran asesinados, será siempre una advertencia para todo el mundo de los peligros del odio, el fanatismo, el racismo y los prejuicios,
1. Decide que las Naciones Unidas designen el 27 de enero Día Internacional de Conmemoración anual en memoria de las víctimas del Holocausto;
2. Insta a los Estados Miembros a que elaboren programas educativos que inculquen a las generaciones futuras las enseñanzas del Holocausto con el fin de ayudar a prevenir actos de genocidio en el futuro y, en ese contexto, encomia al Grupo de Trabajo para la cooperación internacional en la enseñanza, recordación e investigación del Holocausto;
3. Rechaza toda negación, ya sea parcial o total, del Holocausto como hecho histórico;
4. Encomia a los Estados que han participado activamente en la preservación de los lugares que sirvieron de campos de exterminio, campos de concentración, campos de trabajo forzoso y cárceles nazis durante el Holocausto;
5. Condena sin reservas todas las manifestaciones de intolerancia religiosa, incitación, acoso o violencia contra personas o comunidades basadas en el origen étnico o las creencias religiosas, dondequiera que tengan lugar;
6. Pide al Secretario General que establezca un programa de divulgación titulado “El Holocausto y las Naciones Unidas” y que adopte medidas para movilizar a la sociedad civil en pro de la recordación del Holocausto y la educación al respecto, con el fin de ayudar a prevenir actos de genocidio en el futuro; que le informe sobre el establecimiento del programa en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de aprobación de la presente resolución; y que le informe, en su sexagésimo tercer período de sesiones, sobre la ejecución del programa.
(1) Resolución 217 A (III).
(2) Véase resolución 2200 A (XXI), anexo.
(3) Resolución 260 A (III), anexo.
42ª sesión plenaria
1° de noviembre de 2005
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