BENJAMÍN LAUREANO LUNA PARA ENLACE JUDÍO
8 de marzo: En el mundo se conmemora en esta fecha el Día de los Derechos de la Mujer, pero no en todos los lugares las mujeres pueden ejercer esos derechos, porque en el ámbito musulmán, la mujer sólo es instrumento de placer del hombre, se le mantiene en la ignorancia, tiene que ocultar su cuerpo físico con vestimenta que le cubre el cuerpo entero, para que ningún hombre la pueda ver. Cuando gobernaron los talibanes en el valle Swat, Pakistán, prohibieron en 2007 la educación de las niñas. Ante ello, la niña de 14 años, Malala Yusufzai decidió luchar para que las niñas pudiesen ser educadas, y ante el gran eco que logró, un talibán le disparó en la cabeza. De Pakistán fue trasladada a Londres en donde se le trató médicamente. Malala dijo que seguirá trabajando para que la mujer musulmana sea educada.
Esta actividad le llevó a ser galardonada por el Frente Mexicano Pro Derechos Humanos el 10 de diciembre de 2012, pidiéndose que otras mujeres levanten el pendón de la educación y que sean consideradas en igualdad de derechos con el hombre.
En la Mesopotamia, desde la época de los Sumerios, hace más de 3,500 años, quedaron escritas leyes en el Código de Hammurabi en favor de un trato humano a la mujer y al niño. Leemos: “el ama (que) fuera benévola con su criada…..que la madre no maltratara de palabra a su hijo…”.
En el judaísmo existen Derechos de la Mujer escritos en la Torá como se puede observar en lo siguiente:
En Pinejás (Números XVII) se relata que las hijas de Tzelofjad: Majlá, Noá, Joglá, Milcá y Tirtzá se presetaron ante Moisés a solicitar herencia, dado que su padre no tuvo hijos varones. Moisés presentó la causa de ellas ante A’ y el Eterno dijo: Justo hablan las hijas de Tzelofjad; ciertamente les darás posesión de herencia enmedio de los hermanos de su padre, haciendo pasar la herencia de su padre a ellas. El mandamiento establece: “Cuando un hombre muriere sin tener hijo, haréis pasar su herencia a su hija”. Con esto y otras disposiciones quedaron consagrados los Derechos de la Mujer Judía.
Entre los aztecas el Sol fue denominado “Tonacatecutli” (el Señor del Cielo), a la Luna se le denominó “Tonacacíhuatl” (La Señora del Cielo. La sociedad indígena estuvo gobernada por un Consejo y sus acuerdos los ejecutó el “Tlatoani” (El Señor que habla porque sabe) y los acuerdos fueron administrados por la “Cihuacóatl” (La Mujer Sabia). El colonialismo deformó esta realidad.
Al ser creadas las Naciones Unidas en 1945, fueron creadas la Comisión de Derehos Humanos, presidida por Eleonor Roosevelt, y la Comisión de la Condición Jurídican y Social de la Mujer. Al pasar del tiempo hubo grandes frutos como se observa:
En 1952 fue aprobada la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer. Por ello en México se reformó la Constitución Política en 1954 reconociendo los Derechos Políticos de la Mujer. Pero en Yucatán, el Gobernador Felipe Carrillo Puerto estableció los Derechos Políticos de la Mujer y hubo en 1920 una diputada y una regidora.
Son diversas las leyes internacionales que reconocen los Derechos de la Mujer y le brindan protección como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra las Mujeres. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y otras más.
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