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viernes 22 de noviembre de 2024

‘Must offer’ y ‘must carry’

radio-bases

*IRENE LEVY

Vaya discusión la que se está armando en torno a la aprobación de la iniciativa de reforma de telecomunicaciones y radiodifusión, con el must carry y must offer en la Cámara de Diputados. El tema no es fácil, pero aquí algunos puntos relevantes.

¿Qué es must carry y must offer? Must carry, es la obligación a cargo de los sistemas de televisión restringida (de paga) de transmitir las señales de televisión abierta por medio de sus redes.

Must offer, se refiere a la obligación de las empresas de televisión abierta de permitir que sus señales sean transmitidas a través de los sistemas de televisión restringida, bajo términos y condiciones no discriminatorias.
Su regulación en México.

En México, la Ley de Derechos de Autor establece el derecho a los organismos de radiodifusión de autorizar o prohibir la retransmisión de sus emisiones; lo que le costó, por ejemplo, la salida del mercado mexicano a la empresa Direct Tv, pues no le permitía Televisa retransmitir sus señales.

Actualmente, Televisa —obligada por la Comisión Federal de Competencia (Cofeco)— y TV Azteca lo permiten, pero cobran a las empresas de televisión de paga, una cuota por usuario, por la retransmisión de sus canales.

A nivel internacional.

A nivel internacional, algunas legislaciones consideran que el derecho de retransmitir la señal de radiodifusión abierta debe ser gratuito (como Reino Unido), mientras que otras permiten que los radiodifusores establezcan el pago de una contraprestación.

En general, en otros países existe en mayor medida regulación relativa a must carry, lo que obedece a las condiciones de mercado, pluralidad de medios y penetración del servicio de televisión restringida. Pero las condiciones nacionales no son fácilmente comparables con países desarrollados; en México tenemos altísimos niveles de concentración en televisión abierta (dos empresas concentran 95% de las concesiones a nivel nacional), pero sobre todo el nivel de penetración de la televisión de paga es bajo (tenemos menos de 40% de los telehogares, mientras que Canadá tiene 92%, Estados Unidos 90%, y la India 80% de penetración). Súmele usted que Televisa tiene también más de la mitad de usuarios de televisión de paga en el país.

Así, la Iniciativa resuelve muy bien este tema, pues establece que el must carry y must offer deben ser gratuitos, con la salvedad de que se encuentre involucrada una empresa —de televisión o telecomunicaciones— que sea dominante; es decir, que tenga más de 50% de usuarios, caso en el cual no se beneficiaría de la gratuidad. Sin embargo, esta semana el PRI ha presentado una reserva en la que propone que sólo tengan el derecho de retransmitir de manera gratuita las señales de televisión abierta (que dadas las circunstancias en México sería más un derecho que una obligación) las empresas de televisión restringida vía cable, excluyendo con esto a los operadores que utilicen otras tecnologías, como la satelital, por ejemplo.

Mire usted, esta situación más que verla como una distinción de empresas, es una discriminación por usuarios. ¿A usted qué diablos le importa la tecnología que utiliza su operador para llevarle las señales de televisión si el servicio que recibe es el mismo? La cuestión es que los principales ingresos que tiene la televisión abierta provienen de la publicidad, y mientras mayor sea el número de televidentes aumentará el precio de dicha publicidad y el interés de los comerciantes en anunciarse, así que el tema de los derechos de autor no debe ser obstáculo para la gratuidad.

Pero lo más importante aún es que existe un criterio internacional generalizado, así como muchísimas recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), organismo de la ONU que regula globalmente el tema, en el sentido de que la normatividad sea neutra tecnológicamente hablando; es decir, no debe distinguirse por medio o tecnología en ningún caso. Es un error que hace distinción entre usuarios.

* Presidenta de Observatel y profesora de la Universidad Iberoamericana. Esta columna refleja la posición personal de la autora. Cuenta de Twitter: @soyirenelevy

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