Cómo obtener publicidad y Relaciones Públicas gratis para una empresa por medio de un incentivo fiscal

ARÓN MARGOLIS PARA ENLACE JUDÍO

Enlace Judío México | De 2006 a la fecha, 975 empresas en México obtuvieron Publicidad y Relaciones Públicas gratuitas para sus organizaciones, tomando ventaja de dos incentivos fiscales. Al participar las empresas ayudan a consolidar a la Industria Cinematográfica y Teatral y obtienen beneficios atractivos.

En 2006 el gobierno federal aprobó, a través del Congreso de la Unión, el Artículo 226 de la ley del ISR, un incentivo fiscal para la producción cinematográfica, mismo que ayudó a incrementar la producción mexicana en un 200% en comparación con la década anterior. Gracias a él se han producido 371 películas desde entonces, entre ellas las más taquilleras del cine mexicano, “No se Aceptan Devoluciones” dirigida por Eugenio Derbez y “Nosotros los Nobles” de Gaz Alazraki. En 2010 la comunidad teatral logro promover a través de una carta firmada por 2389 miembros, entre productores, actores e intelectuales, que el incentivo fiscal se extendiera a la Industria Teatral; desde entonces se han producido 83 obras de teatro. Para 2014 como parte de la reforma fiscal estos incentivos se transformaron en el Artículo 189 y 190 de la LISR. Actualmente el Incentivo Fiscal para la Industria Cinematográfica es de 650 MDP y para la Industria Teatral de 50 MDP; el monto máximo de incentivo por película es de 20 MDP y para obras de teatro de 2 MDP.

¿Qué son y cómo funcionan los Incentivos Fiscales 189 y 190 de la LISR? ¿Quién puede tomar ventaja de ellos? ¿Qué empresas han participado en esta iniciativa? ¿Qué beneficios tiene para una empresa tomar ventaja de los incentivos? ¿Cómo se decide a qué empresas se le otorgan? ¿Al participar en un esquema de incentivo, la empresa se expone a tener una auditoria por parte de la SHCP? ¿Qué deben hacer las empresas interesadas en tomar ventaja de alguno de los dos incentivos fiscales?

¿Qué son los incentivos fiscales 189 y 190 de la LISR?

De acuerdo al Diario Oficial de la Federación, los artículos 189 y 190 otorgan un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al monto que aporten a proyectos de inversión en la producción cinematográfica o teatral nacional, contra el impuesto sobre la renta del ejercicio y de los pagos provisionales del mismo, causado en el ejercicio en el que se determine el crédito. La empresa puede aplicar hasta un 10% del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio inmediato anterior al de su aplicación.

¿Quién puede tomar ventaja de estos incentivos?

Cualquier persona física o moral que haya pagado ISR en el ejercicio inmediato anterior.

¿Qué empresas han tomado ventaja de estos incentivos fiscales?

Personas físicas y morales (chicas, medianas y grandes) de diversos sectores como Vicky Form, Colchas México, Grupo Kasa Automotriz, FICEIN, COMEX, TRUPER, Casa Saba, Devlin, Farmacias Similares, Xcaret, Infra, Herdez, Liverpool, Coppel, La Costeña, Banco Inbursa, Cablevisión, Grupo Herdez, Unilever, Alimentos Sigma, Casa Cuervo, Office Depot, Liverpool y Bimbo entre muchas otras…

¿Qué beneficios tiene para una empresa tomar ventaja de alguno de los incentivos?

•Tener la posibilidad de participar en un proyecto cinematográfico o teatral sin adquirir los riesgos inherentes en inversiones normales; no tiene costo financiero para la empresa.
•Presencia del logo de la empresa en todos los materiales promocionales del proyecto.
•Activación de la marca durante el lanzamiento de la película u obra de teatro.
•Orgullo de ayudar a consolidar industrias mexicanas vulnerables, por consiguiente: apoyo a la economía del país.
•Herramienta gratuita de Publicidad y Relaciones Públicas (incentivos a empleados y clientes a través de cortesías).
•No afecta los flujos de efectivo de la empresa porque la aportación se toma como si fuera un pago provisional del SAT.

¿Quién decide a qué empresas se le otorgan?

En ambos casos la toma de decisión se realiza por un Comité Interinstitucional; SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público), CONACULTA (Consejo Nacional para la Cultura y las Artes) y el IMCINE (Instituto Mexicano de Cinematografía), en el caso de películas, y el INBA (Instituto Nacional de Bellas Artes) en el caso de obras de teatro. El primer filtro siempre recae en las instituciones directamente relacionadas con la industria (IMCINE e INBA) quienes a través de un Consejo de Evaluación revisan la viabilidad y determinan los méritos culturales y artísticos de los proyectos recibidos. A partir de su decisión se reúnen con los otros miembros del Comité Interinstitucional para decidir qué proyectos se aceptan.

¿Al participar en un esquema de incentivo la empresa se expone a tener una auditoria por parte de la SHCP?

No, al contrario, el SAT ve con muy buenos ojos a las empresas que participan para ayudar a consolidar la Industria Cinematográfica y ahora también la Teatral, razón por la que año con año más empresas de la iniciativa privada participan.

¿Qué deben hacer las empresas interesadas en tomar ventaja de alguno de los dos incentivos fiscales?

Lo primero es conocer los periodos de tiempo en que las casas productoras pueden meter proyectos a consideración. En 2014 el periodo es entre el 1ero de Febrero hasta el 15 de Julio. Posteriormente acercarse a alguna casa productora, un productor o coproductor de buena reputación para conocer los proyectos disponibles. Por lo general, los productores de películas buscan empresas que puedan aportar a un proyecto cinematográfico un mínimo de entre 4 – 5 MDP (significa que la empresa debió haber pagado mínimo 40 MDP de ISR al SAT). En el caso de obras de teatro los productores buscan empresas que puedan aportar un mínimo de entre 400 y 500 mil pesos (significa que la empresa debió haber pagado mínimo 4 MDP de ISR al SAT). Para ambos tipos de producciones se busca financiar cada proyecto con no más de cinco empresas.

Hoy por hoy, los costos publicitarios y de relaciones públicas consumen recursos importantes de las empresas, los Incentivos Fiscales 189 y 190 de la ley de la LISR son una buena opción de promoción para las mismas; al no tener costo financiero, no afectar flujos y ofrecer beneficios atractivos para las empresas mexicanas, hace que la participación de empresas continúe creciendo cada año.

Arón Margolis es el fundador del Festival Internacional de Cine Judío – México y ha
participado como Coproductor en las películas “La Otra Familia”,
“Acorazado”, “Entre Sombras” (2014) y la obra “Réquiem”.

aron@armarmedia.com

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