¿Los hijos y la pareja de un sefaradí califican para la nacionalidad española? Luis Portero responde ésta y otras preguntas

MAY SAMRA, VERA WALLACH Y MIRIAM BALEY PARA AGENCIA DE NOTICIAS ENLACE JUDÍO MÉXICO – El jueves 11 de junio, la Comunidad Sefaradí recibió con gran emoción al Lic. Luis Portero, abogado y asesor de la Federación de Comunidades Judías de España, quien visitó México para explicar la nueva Ley de Nacionalidad Española para Sefaradíes.

Aquí les dejamos las preguntas más frecuentes- y sus respuestas- con el objeto de que estén preparados para iniciar el procedimiento que está destinado a devolverle a los sefaradíes “el pasaporte español que siempre fue suyo”.

CONYUGES E HIJOS

PREGUNTA ¿Los cónyuges no sefaradíes califican para pedir la nacionalidad?

LUIS PORTERO No. La persona no sefaradí casada con un sefaradí no califica para la ley. En el caso de un matrimonio donde el esposo es sefaradí y la mujer, askenazí, la esposa no podrá conseguir la nacionalidad. Pero la ley en España le da la oportunidad de que, si van a ir allá, al año de residencia continuada de ella con su esposo, pueda pedir la nacionalidad.

Respecto a los hijos, si el padre es sefaradí y la madre es askenazí, los hijos pueden pedir la nacionalidad por tener sangre sefaradí de uno de los padres.

PREGUNTA Una vez obtenida la nacionalidad, ¿es posible que los hijos la obtengan también?

LUIS PORTERO La adquisición de la nacionalidad en esta ley es derivativa. Se trata de una carta de naturaleza, la cual es un modo de adquisición de la nacionalidad derivativa, no de origen. Esto significa que los hijos no la adquieren si no la piden en el plazo de 3 años que establece la ley; habría que solicitar la nacionalidad para los hijos.

PREGUNTA ¿Solamente las mujeres dan derecho a los hijos para pedir la nacionalidad?

LUIS PORTERO No, si el padre es sefaradí y la madre es askenazí, da igual. Al tener los hijos sangre sefaradí por parte de alguno de los padres (en este caso, del padre), pueden solicitar la nacionalidad.

PREGUNTA Si al momento de recibir la nacionalidad no tengo hijos pero en unos años sí, ¿puedo tramitar o concederles la nacionalidad española?

LUIS PORTERO Hay otros medios para hacerlo pero no mediante esta ley.

Queremos esperar unos meses y ver cómo está funcionando la ley y cómo corregir las disfunciones que se puedan presentar para irlas corrigiendo, previas conversaciones con el gobierno español.

APELLIDOS

PREGUNTA ¿Cómo comprobar la descendencia? ¿Hay una lista oficial de apellidos?

LUIS PORTERO No, la supuesta lista de apellidos sefaradíes que anda circulando por internet es falsa. De ser cierta, calificarían para la nacionalidad unos 40 millones de personas. El informe motivado que demuestre que, por apellidos o genealogía familiar, se extiende a un sefaradí que fue expulsado de España, deberá realizarlo una entidad acreditada y de prestigio. En Madrid, por ejemplo, existe la Cadena de la Historia, una sección específica de genealogía; en E.U.A., también hay una universidad que cuenta con un departamento específico de estudios sefaradíes. El informe deberá pedirse a instituciones como éstas y solo lo deberán solicitar los no judíos, ya que los judíos pueden aportar los certificados de la comunidad.

CONVERSOS Y CAMBIOS DE COMUNIDAD

PREGUNTA En caso de ser sefaradí converso, ¿se puede aplicar la nacionalidad?

LUIS PORTERO Sí. Ya he mencionado que la ley es aplicable a judíos y no judíos. Ahora, cuidado, hay sefaradíes de origen y aquellos que lo son por celebrar los ritos y los rezos de forma sefaradí. Cuidado con esa distinción. Ellos no son candidatos.

Por ejemplo, en Panamá vimos que una de las congregaciones hay libros del año en que se fundó, 1876, que incluyen actas de matrimonio, de defunción, de nacimiento, actas de las reuniones que se llevaron a cabo, y libros donde vienen los apellidos de los miembros. Eso es un tesoro porque les va a permitir a los directivos probar si la persona desciende o no de los miembros que migraron de Curasao, Flandes, Recife, etcétera, a lo que hoy es Panamá, Venezuela o Perú.

PREGUNTA Soy sefaradí y formo parte de la comunidad sefaradí de México pero hace unos años me hice miembro de la askenazí. ¿Cómo puedo hacerle para tramitar la nacionalidad?

LUIS PORTERO No sé cómo se hizo miembro de la comunidad askenazí porque desconozco cómo funcionan las comunidades en este país pero, si la persona es sefaradí de origen, califica para la ley. Obviamente, la comunidad tiene que certificarlo.

 ESPECIAL VINCULACIÓN CON ESPAÑA

PREGUNTA ¿Qué pasa con el requisito de la especial vinculación? ¿Se puede acreditar que se ha sido voluntario en alguna comunidad sefaradí para preservar el patrimonio y la cultura sefaradí?

LUIS PORTERO Sí. Esta cuestión, señalada en el artículo 2°, cambió. Se premia la labor realizada en favor de conservar y preservar el patrimonio sefaradí. Si el Centro de Estudios Sefaradíes de Caracas, por ejemplo, acredita que una persona ha estado trabajando dos años en el museo sefaradí- en las exposiciones, en la catalogación de libros del museo- dicha persona estará probando una especial vinculación con España. Trabajar en FESELA, la Federación Sefaradí Latinoamericana, también podría valer.

La ley establece una lista abierta de pruebas pero los trabajos tienen que ser serios, no cuenta cualquier cosa.

PREGUNTA ¿Cómo demostrar la especial vinculación con España si no tenemos o no hemos hecho donaciones?

LUIS PORTERO No es necesario hacer donaciones. Cualquier circunstancia que demuestre fehacientemente la vinculación es válida. “Tuve un abuelo que era español”, pues hay que aportar el pasaporte, el acta de nacimiento de su padre y la suya, a fin de avalar la cadena familiar. Otro ejemplo es haber estudiado seis meses en Madrid, haber ido a dar una conferencia o, bien, hacer hecho un estudio de investigación sobre la Inquisición en la Nueva España, siempre que esté reconocido por una escuela oficial, etcétera.

PREGUNTA La ley contempla que el solicitante deberá pasar un examen de conocimiento, de la cultura, sociedad y constitución española. ¿Cómo será instrumentado ese examen, partiendo del hecho de que no existe un Instituto Cervantes en México?

LUIS PORTERO Esa pregunta es para el Cónsul General, y en todos los países de Latinoamérica (excepto Venezuela) hay un centro acreditado del Instituto Cervantes. En Estados Unidos, hay uno en Seattle, Chicago y Houston. En Panamá existe la Facultad de Humanidades de la Universidad de Panamá, que es otro centro acreditado. Aquí existe un convenio con la UNAM, así que ahí es donde habrá que presentar el examen.

Ahora, ¿cómo apruebo el examen de conocimientos básicos? Aún no va a ponerse en la página web del Instituto Cervantes pero en septiembre, creo, ya estará. En dicha página- www.cervantes.es se publicará un folleto con lo que tendrán que estudiar (bueno, es lo que me dijo Rafael Rodríguez Conga, su Secretario General).

OBLIGACIONES FISCALES Y SERVICIO MILITAR

PREGUNTA ¿Existen obligaciones fiscales?

LUIS PORTERO Sí, si usted tiene activos, propiedades o negocios en España. Si usted se queda en México con su pasaporte y viaja a España y se queda 3 meses ahí de vacaciones, no tiene que pagar impuestos. Esto aplica solo cuando residan allá más de seis meses.

PREGUNTA ¿Cómo está el tema del servicio militar?

LUIS PORTERO Ya no hay obligación de hacer servicio militar (hacer la “mili”, como se dice en España) desde hace muchos años.

SILENCIO ADMINISTRATIVO

PREGUNTA ¿Qué pasa si no me contestan en un plazo de 12 meses? 

LUIS PORTERO La voluntad del gobierno de España es resolver en plazo todas las solicitudes pero es cierto que eso ha sido prometido por el gobierno del Partido Popular. Si mañana entra un gobierno distinto, no sabemos qué pasara. Sin embargo, ¿se puede recurrir contra la denegación presunta de la nacionalidad? Sí. Ustedes pueden acudir a los juzgados.

CASOS ESPECIALES

PREGUNTA ¿Se puede perder la nacionalidad española en un futuro?

LUIS PORTERO Sí, pero el Código Civil es muy específico en eso. Para perder la nacionalidad uno tiene que haberse metido en ciertas cuestiones ilegales, en casos graves.

PREGUNTA Algunas familias sefaradíes tienen documentos griegos, italianos, turcos e, inclusive, españoles. Es claro que por el lugar de origen sus apellidos son sefaradíes. Pero, ¿es esto una prueba clara y contundente para un solicitante al presentarlos junto con actas de matrimonio y de nacimiento de sus descendientes?

Sí, si se prueba que esos griegos estuvieron incluidos en las listas de familias protegidas de España en su momento.

PREGUNTA Hice mi solicitud de nacionalidad en el 2008 desde Turquía. En caso de que no “salga” mi nacionalidad, ¿habrá que hacer todo el trámite otra vez?

LUIS PORTERO No. Yo sugiero que se esperen hasta el 1° de octubre. Si su solicitud no fue resuelta, pregunten en su comunidad porque la ley permite que soliciten la nacionalidad mediante un cambio de procedimiento. Pueden pedir el cambio de procedimiento y el desglose, es decir, la devolución de los documentos originales. Con éstos, más dos o tres, cumplirán con los requisitos de la ley y podrán pedir la nacionalidad.

DESPACHOS DE ABOGADOS

PREGUNTA ¿Hay algún despacho u organización en México a la cual pueda acudir a solicitar ayuda?

Para quienes quieran contratar a un abogado, les recomiendo que sea alguien de confianza y que tenga algún tipo de vínculo, que conozca de verdad el tema.

Los casos de no judíos representarán, evidentemente, un costo más alto que el de los judíos, ya que habrá que presentar un informe motivado y las pruebas son más complicadas pero cada caso es diferente.

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