SILVIA SCHNESSEL PARA AGENCIA DE NOTICIAS ENLACE JUDÍO MÉXICO – Por primera vez en su historia, la Sala Preliminar de la Corte Penal Internacional (CPI) ha mandado a la Instructora de la CPI que investigue una causa que ella había decidido cerrar.
Por Avi Bell
La Sala decidió que el Instructor erró al cerrar las diligencias preliminares de investigación sobre la imputación de crímenes de guerra a Israel por delitos que se alegan cometidos al abordar el Mavi Marmara y otros barcos durante el incidente de la flotilla de 2010.
La resolución de la Sala Preliminar es notable.
Sostiene que el Instructor debería haber tenido en cuenta hechos y actos ajenos a la jurisdicción del tribunal para decidir si acusaba.
Sostiene que el Instructor debería asumir la veracidad de incluso las más disparatadas acusaciones a la hora de decidir si formular acusación; en otras palabras, que en la fase de investigación preliminar debería haber una presunción de culpa irrefutable.
Y lo que es más sorprendente, sostiene que los crímenes tienen la suficiente gravedad como para interesar a la corte, aunque las víctimas reales sean muy pocas, cuando sean objeto de amplia cobertura mediática y son objeto de mucha actividad política en la ONU.
No hace falta decir que ninguna de estas consideraciones se apoya con cita de precedente jurisprudencial alguno. Ello es así porque no tienen precedente.
Y es seguro afirmar que las dos últimas de esas ‘decisiones’ nunca se volverán a aplicar a ningún imputado que no sea judío o israelí. Y esto es así porque, si esas decisiones se aplicaran universalmente, el Instructor se vería obligado a investigar miles de no-delitos cada año, haciendo imposible la investigación de los auténticos crímenes. Y obligarían al Instructor a arrojar a la basura las normas jurídicas y fundar sus decisiones en las actuaciones más políticas de la ONU.
Hay un duro voto particular discrepante del fallo de la Sala emitido por el juez Péter Kovács que aborda esos temas más persuasivamente. Primero, señala el juez Kovács, para concluir que Israel cometió algún crímen se requiere una grave distorsión tanto de los hechos como de la ley.
Como señala Kovács, “[l]as heridas sufridas por los individuos a bordo del Mavi Marmara fueron aparente resultado incidental de acciones legales tomadas en conjunto para la protección del bloqueo”. Kovács observa que, “aun si un barco es no violento y no ofrece resistencia puede ser capturado si intenta romper el bloqueo. Está clara no solo la intención del Mavi Marmara de romper el bloqueo, sino que tal era su propósito principal, como acto de protesta. Con ello en mente, las fuerzas israelíes tenían derecho de capturar el buque para proteger su bloqueo. … Enfrentadas con una potencial ruptura del bloqueo, las Fuerzas de Defensa de Israel (FDI) actuaron por necesidad”.
Es más, aun si las acciones de Israel al detener a la flotilla fueran criminales, quedarían fuera de la jurisdicción de la corte, al carecer de la suficiente “gravedad”. La regla de la “gravedad” establece que la Corte solo debe perseguir los crímenes internacionales mayores y más graves. Está claro que aun si en este caso hubiera algún crimen israelí, no sería de tal magnitud.
Como escribe Kovács, “Si comparamos, por ejemplo, el número de muertes en el incidente de la flotilla con el número de asesinatos y lesiones graves que llevaron a la Sala Preliminar a autorizar, por mayoría [que ni siquiera unánimemente], que el Instructor abriera una investigación sobre la situación en la República de Kenia, uno puede observar una gran discrepancia. La violencia en la situación de Kenia resultó en la muerte de 1.220 personas y lesiones graves en otras 3.561 en 6 de las 8 provincias keniatas”. Kovacs concluye que es dudoso que “la muerte de diez personas y la lesión de otras 55 en el contexto descrito en el informe del Instructor y en las alegaciones de Las Comores tengan la gravedad suficiente para que se abra una investigación de esa situación”.
¿Qué significa que la Sala Preliminar esté tan dispuesta a apartarse de sus propios precedentes, la ley y los hechos para ordenar al Instructor que salte de nuevo a la investigación anti-Israel?
Tristemente, la conclusión es clara.
La CPI, como demasiadas otras instituciones internacionales que proclaman sostener la ley y la justicia, es simplemente otra institución política. Y como esas otras instituciones políticas internacionales, también está dispuesta a fabricar nuevas y peculiarmente duras normas ‘legales’ a aplicar solo en detrimento del estado judío, y a fabricar hechos para culpar a los líderes y ciudadanos judíos del estado judío de todo tipo de crímenes horribles.
La OLP, llamándose “el estado de Palestina”, se adhirió recientemente a la CPI con el único propósito de hacer que la corte procese líderes israelíes. Observadores jurídicos dudaron de que el movimiento de la OLP pudiera tener éxito. Señalaron que en realidad la OLP no es un estado y no puede otorgar competencia jurisdiccional a la corte. También señalaron que Israel cuenta con un sistema para procesar a sus propios criminales, por lo que incluso si el movimiento de la OLP fuera efectivo, la corte carecería de jurisdicción, pues solo puede procesar cuando un estado deja que los criminales corran libres. Destacaron que los supuestos crímenes israelíes carecían de gravedad para ser procesados por la corte. E hicieron ver que meterse en el conflicto árabe-israelí sobrepolitizaría una corte ya criticada por sus selectivos procesos.
Pero parece que la corte — o al menos la Sala Preliminar — ve la politización como algo atractivo, más que como un defecto. Basta que la Sala encuentre que los casos tienen gran gravedad, no con base en hechos legalmente relevantes, sino con fundamento en pronunciamientos políticos. Basta que la Sala quiera correr hacia delante con una investigación que conducirá a acusaciones criminales risibles.
No sabemos hasta dónde vamos a llegar con la OLP unida al CPI.
Los terroristas palestinos y los criminales de guerra seguirán gozando de total impunidad.
El CPI se ganará su reputación como otra esperanza fallida de la ley internacional, y como otra bochornosa institución dedicada a perseguir al estado Judío.
Y los judíos israelíes se encontrarán, una vez más, en un mundo donde el mero hecho de existir es un crimen, y donde poner un pie en un país equivocado significa un arresto inmediato.
Traducción íntegra: Francisco Fernández de Santaella
Fuente: blogs.timesofisrael
Reproducción autorizada con la mención siguiente: © EnlaceJudíoMéxico
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