Donación de órganos “por default”: el Rabino Abraham Tobal responde

RAB. ABRAHAM TOBAL

En una noticia difundida por el diario Excelsior, el director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Mikel Arriola, explicó que una nueva reforma considerará la donación de órganos de cadáveres siempre y cuando NO exista una negación expresa, porque “las tasas de donación por habitante en México son bastante bajas comparadas con el resto del mundo”.

Añadió que, por el contrario, en nuestro país es más alta la donación de órganos entre vivos, que debería ser el último recurso y se realizan porque no contamos con una norma que “nos habilite a ser más ágiles y eficaces para procurar los trasplantes”.

En entrevista para Grupo Imagen Multimedia, agregó que la nueva ley es similar a la “regla de default” que se aplica en España y considera que “en ausencia de una negación expresa se aplica una aceptación tácita y esto facilita mucho la procuración e incrementa la oferta de órganos de cadáveres o de personas con muerte cerebral”.

Enlace Judío se acercó al rabino Abraham Tobal, rabino principal de Alianza Monte Sinaí, quien nos envió este artículo.

¿Esta permitida la donación de órganos en el judaísmo?

Para el judaísmo, el cuerpo humano es algo sagrado, ya que con él cumplimos nuestra misión en esta vida. Se le compara con la caja de un Séfer Torá. Aunque lo más sagrado del Séfer es el pergamino, la caja, al cumplir la función de cubrirlo como su vestimenta, también se considera sagrada.

En la Torá está indicado que es muy importante respetar el cuerpo de una persona al fallecer, al grado que se le debe lavar y purificar antes del entierro. Por lo tanto, no se debe mutilar y, al enterrarlo, se debe hacer con todas sus partes; aún en caso de que la muerte haya sido por accidente y algunos órganos o partes del cuerpo se hayan desprendido.

De igual forma está prohibido llevar a cabo una autopsia, ya que se considera como una invasión y falta de respeto al cuerpo.

Esto es un valor indiscutible dentro de la religión judía. Sin embargo, tenemos la regla de que, cuando se enfrentan dos valores, obviamente se le da prioridad al más importante. Cuando se trata del valor de salvar una vida, éste es el que tiene la prioridad. Por consiguiente, en el caso de trasplantes de corazón u otro órgano importante que pueda salvar una vida, sí está permitida la donación bajo las siguientes condiciones:

Primera: Al donar un órgano, no se debe poner en riesgo la vida del donante ni acelerar su muerte, aunque éste se encuentre en una enfermedad terminal. La intervención se debe realizar inmediatamente después del momento del fallecimiento y alterando lo menos posible la integridad del cuerpo. Según la mayoría de las opiniones, cuando una persona tiene muerte cerebral, se le considera como muerto, por lo cual sí se permite la donación de sus órganos.

Segunda: El órgano que se esté donando deber ser realmente y de forma directa para salvar una vida y no para estudios, investigación o para depositar en un banco.

Tercera: La donación se tiene que hacer con autorización previa del donante, o de su familia, en caso de que éste no se encuentre en condiciones.

Ahora, el donar una cornea no altera la integridad del cadáver, por lo que se permite hacerlo sin las condiciones anteriores. Y la donación de un riñón en vida está permitida, siempre y cuando no ponga en riesgo la vida del donante.

Sobre este tema hay una creencia según la cual no se deben donar los órganos porque se cree que, en el momento de Tejiyat HaMetim (la resucitación de los muertos), con la llegada del Mashiaj, el individuo no se levantaría completo si le faltan algunas partes. Éste es un mito sin ningún fundamento, ya que el cuerpo se comienza a desintegrar desde el momento de la muerte y, cuando vaya a resucitar, sería de forma milagrosa.

Reiteramos, la razón de que no se debe mutilar el cuerpo es solamente por respeto.

Es importante tomar en cuenta que la donación de órganos es un tema muy delicado y no se puede generalizar; cada caso particular se debe consultar con una autoridad rabínica competente.

Por estas razones, no es aceptable por el judaísmo  un transplante sin la autorización del donante y/o de sus familiares.

Fuente: Prensa Monte Sinaí

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