Sexto Mandamiento: ¿No matarás o no asesinarás?

El sexto mandamiento, “No matarás”, a primera vista parece ser el más sencillo de entender. Sin embargo, es uno de los mandamientos más complejos ya que debe ser definido una y otra vez para comprender su extensión, y es también uno de los más relevantes en la modernidad.

RAB YOSEF BITTÓN

En primer lugar, acordemos que “No matarás” es una traducción un poco engañosa. En castellano, como en hebreo, hay una diferencia entre matar y asesinar. Matar puede incluir el terminar con la vida de animales, mientras que “asesinar” se reduce a matar personas. Este mandamiento se debería traducir entonces como “No asesinarás”.

Como dijimos, si bien este mandamiento solo incluye 2 palabras, 6 letras, es complejísimo en términos de su extensión e inclusión.

La ley judía, al igual que la ley civil de cualquier país civilizado, distingue entre los distintos tipos de “asesinato”. En las siguientes líneas veremos algunas de estas categorías, según las menciona Maimónides.

En primer lugar, hay un asesinato “permitido” que es el caso de matar en defensa propia. Si alguien se acerca con la intención de matarme (en hebreo: “rodef”) entonces para defenderme lo podría matar. Lo mismo sucede si alguien mata al asesino potencial de otra persona inocente.

En segundo lugar tenemos el asesinato accidental, un caso que está explícitamente legislado en la Torá. En el texto bíblico se trae el ejemplo de dos personas que van a trabajar al campo, a talar árboles. A uno de los trabajadores se le escapa la parte de metal de su hacha y hiere mortalmente a su compañero. En este caso, no existe la intención de matar y tampoco negligencia. Se podría comparar hoy con algunos tipos de accidentes de tránsito, donde se determine que las circunstancias del fatal accidente estuvieron completamente más allá del control del victimario. En este caso, en los tiempos bíblicos, el asesino no intencional debía exiliarse en las ciudades de refugio.

En tercer lugar tenemos el asesinato de otra persona cuando ocurre por negligencia: es decir, “A” no tuvo la intención de matar a “B”. Pero tenía que haber previsto ciertas medidas de seguridad para evitar ese accidente. El ejemplo clásico en nuestros días es una persona que maneja a toda velocidad y “accidentalmente” mata a otra persona. Esto se llama negligencia, o en hebreo: peshi’a. Y por supuesto el grado de responsabilidad es muy grande, aunque no haya existido la intención de matar.

En cuarto lugar, está la situación en la que una persona por ejemplo, golpea intencionalmente a otra, sin intención de matarlo, pero sin querer lo mata.

Y en quinto lugar, está el caso del asesinato con premeditación, es decir, cuando “A” asesina a “B” intencionalmente. En este último caso, si se estableciera la culpabilidad e intencionalidad del asesino por dos testigos válidos, entonces cabría la pena de muerte para el asesino (dicho sea de paso, en los tiempos del Sanhedrín, o máximo tribunal judío, si bien se enviaba a este individuo a prisión y se lo sentenciaba a muerte, era muy raro que se ejecutase efectivamente al prisionero).

Maimónides también menciona otros tipos de homicidio como por ejemplo: provocar intencionalmente la muerte de otra persona; asesinar a través de un tercero; suicidio, etc.

Cada uno de estos casos merece un tratamiento particular en términos de intencionalidad, responsabilidad, sentencia, etc.  El lector interesado podrá encontrar todos estos casos y más en Mishné Torá, Sefer Neziquín, Hiljot Rotseaj.

Como se podrá apreciar, este tema que hemos resumido es muy complejo. Pero aquí solo comienza la exploración de este mandamiento.  En los próximos días veremos algunos otros ejemplos de “No asesinarás”.  ¿El aborto, se lo considera asesinato?  ¿Está permitida la eutanasia en la ley judía? ¿Se puede desconectar el pulmotor de un paciente en estado vegetativo? etc.

 

Fuente: halaja.org

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