El Gobierno español cesa al Gobierno catalán y limita a su Parlamento

El president de la Generalitat, a su llegada al Parlament de Catalunya. (Fuente: El Diario)

Enlace Judío de México.- Según un artículo de CARMEN DEL RIEGO publicado hoy por La Vanguardia, el gobierno de España anuncia la aplicación del artículo 155 de la Constitución, que habilita a la Administración central a intervenir en el gobierno de una comunidad autónoma, y que implicará la destitución de todo el Gobierno de la Generalitat.

El presidente del Gobierno español, en comparecencia ante los medios a fin de explicar esta decisión excepcional –nunca aplicada en la historia de la democracia española– aseguró ayer que esta iniciativa persigue cuatro objetivos: la recuperación de “la legalidad institucional y el restablecimiento de la normalidad y la convivencia en Catalunya”. La “recuperación de la estabilidad económica y el crecimiento” y la “celebración de unas elecciones en el marco de la Constitución”.

Mariano Rajoy, y posteriormente la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría, aseguró que la aplicación del artículo 155 se produce ante la “desobediencia rebelde, sistemática y consciente de los reiterados pronunciamientos y requerimientos del Tribunal Constitucional, afectando de manera grave al interés general de España”. El Ejecutivo central remitirá estas medidas al Senado para su aprobación, con el plazo máximo del viernes.

Cese del Gobierno catalán en pleno. El Gobierno cesará al presidente de la Generalitat, el vicepresidente y los consejeros. El Estado sustituirá al Gobierno catalán en el ejercicio de sus funciones, que pasan a depender de los ministerios correspondientes para los que se creará un órgano u autoridad que las coordinadará y dirigirá.

Elecciones autonómicas. El presidente del Gobierno español asume la competencia del presidente de la Generalitat para disolver anticipadamente el Parlamento catalán y convocar elecciones autonómicas. El acuerdo aprobado ayer por el Consejo de Ministros prevé convocarlas en el plazo máximo de seis meses a partir de la aprobación de la iniciativa del Gobierno español por parte del Senado. Rajoy se comprometió, sin embargo, a convocar los comicios “tan pronto como sea posible, tras recuperar la normalidad institucional”, siendo éste uno de los objetivos de la aplicación del artículo 155. Dijo Rajoy, “lo quiere la mayoría y lo dice el sentido común”.

Respeto a la ley. Tanto Mariano Rajoy como la vicepresidenta Soraya Saénz de Santamaría, en un briefing posterior en la rueda de prensa, hicieron hincapié en que “no se suspende la autonomía ni el autogobierno de Cataluña, se cesa a las personas que han puesto al Gobierno catalán fuera de la ley, de la Constitución y del Estatuto catalán. No se acaba con el autogobierno, se le recupera para la legalidad y para la convivencia, no sólo de los independentistas”. A este respecto, el Gobierno español afirma que el acuerdo aprobado ayer no significa que “las competencias vuelvan al Estado”. Las autoridades estatales que asumen la gestión, deberán regirse, en el ejercicio de esas funciones, por lo establecido en la Constitución, el Estatuto catalán y las demás leyes catalanas en vigor.

Un Parlamento catalán limitado. Carme Forcadell seguirá siendo presidenta del Parlamento de Cataluña, pudiendo seguir ejerciendo su función representativa si bien con competencias limitadas a efectos de, según el Gobierno, “garantizar que lo haga con pleno respeto a la Constitución y el Estatuto de Cataluña”. No puede designar a un nuevo presidente de la Generalitat, y no puede celebrar un debate y votación de investidura. Tampoco se podrán celebrar sesiones de control a las autoridades nombradas por el Estado. El Senado ejercerá el control a través de comparecencias, cada dos meses, de los miembros del Gobierno para informar de su gestión en Cataluña mediante preguntas de los senadores. El Parlamento catalán podrá aprobar proposiciones de ley de los grupos parlamentarios representados en él, siempre y cuando no se refieran a asuntos contrarios a la Constitución, el Estatuto catalán y las medidas propuestas en aplicación del artículo 155. El Gobierno central se reserva el derecho de veto sobre las iniciativas de los grupos parlamentarios y dispondrá de 30 días para dar su conformidad o impedir las proposiciones que se quieran llevar a debate en el pleno del Parlamento de Cataluña.

Administración y funcionarios.
La Generalitat continuará funcionando como organización administrativa ordinaria pero bajo las directrices de los órganos o autoridades creados o designados por el Gobierno central en sustitución del presidente de Cataluña, el vicepresidente y los consejeros. Las disposiciones de las autoridades designadas serán de obligado cumplimiento. A este efecto, el Ejecutivo central se reserva la potestad de cesar a cualquier autoridad o cargo público. En caso de incumplimiento, se les exigirá responsabilidad disciplinaria según la normativa estatal y autonómica, pudiendo suponer responsabilidades penales, contables o patrimoniales. El cese de los consejeros implicará el cese de sus cargos de confianza.

Los Mossos bajo control. La responsabilidad de la seguridad, y por lo tanto la dirección de los Mossos d’Esquadra  (policía catalana) corresponde al Ministerio del Interior, cuyas órdenes, a través del ministro o la autoridad que se nombre, serán de obligado cumplimiento. El Gobierno establece otra serie de medidas, de aplicación gradual en función de cómo se desarrollen los acontecimientos, es decir, si las órdenes se cumplen o no. Se permite al Ministerio o la autoridad nombrada acordar el despliegue de las Fuerzas de Seguridad del Estado –Policía y Guardia Civil–, y “en caso de que sea necesario, los Mossos d’Esquadra podrán ser sustituidos por efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”. En caso de incumplimiento, los Mossos incurrirán en responsabilidad disciplinaria, “sin perjuicio de las responsabilidades patrimoniales, contables, penales o de otro orden a que pudieran dar lugar”.

Vigilancia económica. Los responsables estatales que asuman las funciones referentes a la economía, deberán garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales, la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. El Gobierno central se asegurará de que todos los fondos que el Estado deba transferir a Cataluña sean recibidos y que no se destinen a actividades y fines relacionados con el soberanismo. También se asegura que los ingresos que a Cataluña le corresponde recaudar o recibir por cualquier concepto sean gastados en la comunidad con las mismas limitaciones.

Limitación de los medios públicos. Los medios públicos dependientes de la Generalitat: TV3, Catalunya Radio y ACN, pasan a depender del Estado que, a través de la autoridad correspondiente deberá “garantizar la transmisión de una información veraz, objetiva y equilibrada, respetuosa con el pluralismo político, social y cultural, y también con el equilibrio territorial; así como el conocimiento y respeto de los valores y principios contenidos en la Constitución española y el Estatuto de Cataluña”.

Límite temporal. Las medidas que se apliquen de acuerdo el artículo 155 y sean ratificadas por el Senado, se mantendrán vigentes y serán de aplicación hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno de la Generalitat resultante de la celebración de las correspondientes elecciones al Parlamento de Cataluña. Esas elecciones, al tener que convocarse como máximo en el plazo de seis meses, deberían celebrarse antes del verano, lo que supondría que el nuevo Gobierno de Cataluña tomaría posesión en julio o agosto. Sin embargo, el Gobierno puede anticipar el cese y la convocatoria de comicios “si cesasen las causas que los motivan, dando cuenta al Senado de esta decisión”.

Medidas revisables. Si el presidente de la Generalitat convocara elecciones autonómicas durante la tramitación de las medidas en el Senado, la Cámara Alta o el Gobierno podrán modificar las medidas a aplicar, incluso paralizar su aplicación. En sentido contrario, si la situación política se agrava, el Senado puede modificar y ampliar las medidas. Así, durante la vigencia del acuerdo, es decir, hasta la convocatoria de las elecciones autonómicas en el plazo de seis meses, el Gobierno español podrá, en todo momento, acudir al Senado, a pedir cambios y modificaciones de lo que entrará en vigor.

Entrada en vigor. Estas medidas no entrarán en vigor hasta que el Senado las apruebe, previsiblemente en un pleno el viernes. El acuerdo del Senado se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Independientemente de la aprobación y publicación, a partir de ese momento el Gobierno central tendrá que ir adoptando decisiones en Consejo de Ministros, así como aprobar reales decretos. Por ejemplo, para la destitución de Carles Puigdemont y del resto de miembros del Gobierno catalán el Consejo de Ministros deberá tomar un acuerdo específico. Una vez que el Senado apruebe el acuerdo, se notificará personalmente al presidente de la Generalitat de Cataluña, a su vicepresidente y a los consejeros que integran el Gobierno catalán, así como a la presidenta a la Mesa del Parlamento de Cataluña.

Cumplimiento obligado. El incumplimiento de las medidas aprobadas por el Senado se entenderá como “incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución y al Estatuto catalán, a los efectos de las infracciones previstas en la normativa disciplinaria estatal o autonómica de aplicación”. Ese ejercicio de la potestad disciplinaria por el Gobierno de la nación o las autoridades que cree o designe, respecto a las autoridades y el personal funcionario o laboral del Parlamento de Cataluña y de la administración de la Generalitat o de su sector público, se entenderá sin perjuicio de la posibilidad de poner los hechos en conocimiento del Ministerio fiscal a los efectos de la posible exigencia de responsabilidad penal.

Supresión de organismos. El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros y que ahora deberá aprobar el Senado establece la potestad del Gobierno central para crear los organismos que considere oportunos a fin de poder gestionar la actividad de la Generalitat una vez desmantelado el actual Gobierno en Cataluña. En el sentido contrario, también prevé que el Ejecutivo pueda revisar la actual estructura del Gobierno de la Generalitat y suprimir aquellos que considere oportuno. Igualmente, también se reserva la potestad de cambiar la estructura orgánica del actual Gobierno catalán previsiblemente para poder adaptarla a la del Ejecutivo central.

Fuente: La Vanguardia

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Silvia Schnessel: Silvia Schnessel es corresponsal de Enlace Judío en España. Docente y traductora, maneja el español, el hebreo, el francés, el inglés y el catalán. Es amante del periodismo, del sionismo y de Israel.