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jueves 26 de diciembre de 2024

El Tribunal Europeo aplica un doble rasero a los productos israelíes

Enlace Judío México e Israel.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el tribunal más alto de la UE, ha dictaminado que los productos alimentarios elaborados en los llamados asentamientos judíos en Jerusalén Este, la Margen Occidental y los Altos del Golán deben ser específicamente etiquetados como tales, y no pueden llevar la etiqueta genérica “Hecho en Israel”.

SOEREN KERN

La sentencia, que se aplica sólo a Israel, fue presumiblemente motivada no por las preocupaciones por la seguridad alimentaria o la protección del consumidor, sino por la preferencia de la UE por las políticas exteriores antiisraelíes.

Ha sido rotundamente criticada como sesgada, discriminatoria y antisemita.

El caso del etiquetado tiene sus orígenes en las cuestiones relacionadas con la interpretación del Reglamento 1169/2011 de la UE, con fecha 25 de octubre de 2011, relativa a la información al consumidor sobre los productos alimentarios. El reglamento era ambiguo respecto al etiquetado de los productos alimentarios de Israel.

El 12 de noviembre de 2015, la Comisión Europea, en un esfuerzo por aclarar la legislación vigente de la UE sobre la información del origen de los productos de los territorios ocupados por Israel, emitió un llamado aviso interpretativo. Esta directiva establece que los productos alimentarios vendidos en la UE no pueden ser etiquetados como “Hechos en Israel” si se producen fuera de las fronteras de Israel anteriores a 1967. El documento explicaba:

La Unión Europea, ateniéndose al Derecho internacional, no reconoce la soberanía de Israel sobre los territorios ocupados por este país desde junio de 1967, a saber, los Altos del Golán, la Franja de Gaza y Cisjordania, incluido Jerusalén Este, y no los considera parte del territorio israelí, independientemente de su situación jurídica en virtud del Derecho nacional israelí.

El 24 de noviembre, el Ministerio de Economía y Finanzas de Francia publicó un llamado aviso ministerial (JORF n.º 0273, texto n.º 81) que describía la interpretación del Gobierno francés de la ley de la UE sobre los requisitos de etiquetado para los productos israelíes. Los requisitos franceses, aún más estrictos que los de la UE, estipulan:

Respecto a los productos de la Margen Occidental o de los Altos del Golán que sean originarios de los asentamientos, no sería aceptable la mera indicación “producto de los Altos del Golán” o “producto de la Margen Occidental”.

Aunque se indicaría la zona o el territorio en general del que es originario el producto, la omisión de la información geográfica adicional de que el producto procede de los asentamientos israelíes resultaría engañosa para el consumidor acerca del verdadero origen del producto. En tales casos, debe añadirse la expresión “asentamiento israelí” [colonies israéliennes] u otra equivalente, por ejemplo, entre paréntesis. Por consiguiente, podrían utilizarse expresiones como “producto de los Altos del Golán (asentamiento israelí)” o “producto de la Margen Occidental (asentamiento israelí)”.

En enero de 2017, Psagot Winery Ltd., una bodega israelí que cuenta con viñedos en el llamado territorio palestino ocupado, y una organización franco-judía llamada Organisation Juive Européenne presentaron una demanda en la que pedían al Consejo de Estado, el más alto tribunal administrativo de Francia, que anulara el aviso ministerial, alegando que los requisitos franceses equivalían a promover un boicot económico contra Israel.

El 30 de mayo de 2018, el Consejo de Estado afirmó que no podía pronunciarse sobre el caso y lo remitió al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para su asesoramiento.

El pasado 12 de noviembre, el Tribunal de Justicia en Luxemburgo falló a favor del Gobierno francés:

Los alimentos originarios de los territorios ocupados por el Estado de Israel deben llevar la indicación de su territorio de origen, acompañada, cuando esos productos procedan de una localidad o conjunto de localidades que constituyan un asentamiento israelí dentro de ese territorio, de la indicación de su procedencia.

La ausencia de esa indicación podría inducir a error a los consumidores y hacerles creer que el producto tiene un país de origen o lugar de procedencia distinto de su verdadero país de origen o lugar de procedencia.

Mostrar, en los productos alimentarios, la indicación de que el Estado de Israel es su “país de origen”, cuando en realidad tienen origen en uno de los territorios que, aun cuando tengan su propio estatus internacional distinto al del Estado de Israel, estén ocupados por ese Estado y sometidos a su jurisdicción limitada, como potencia ocupante según define el derecho humanitario internacional, podría inducir a error a los consumidores.

La indicación del territorio de origen de los productos alimentarios en cuestión es obligatoria (…) a fin de evitar que los consumidores se engañen respecto al hecho de que el Estado de Israel está presente en los territorios concernidos como potencia ocupante y no como entidad soberana.

La omisión de esa indicación, de modo que sólo se indique el territorio de origen, podría inducir a error a los consumidores. Los consumidores no tienen forma de saber, a falta de información que les ilustre en ese respecto, que un producto proviene de una localidad o conjunto de localidades que constituyen un asentamiento establecido en uno de esos territorios, vulnerando las normas del derecho internacional humanitario.

El suministro de información a los consumidores debe permitirles tomar decisiones informadas, no sólo respecto a las consideraciones de salud, económicas, medioambientales y sociales, sino también éticas y en relacionadas con la observancia del derecho internacional.

En este sentido, esas consideraciones podrían influir en las decisiones de compra de los consumidores.

La sentencia del Tribunal de Justicia, que en efecto alienta que se apliquen los estrictos requisitos de etiquetado franceses en toda la Unión Europea, ha sido rotundamente condenada por reflejar el sesgo antiisraelí de la UE.

Muchos analistas han señalado que de todos los muchos conflictos territoriales del mundo —desde Crimea al norte de Chipre y del Tíbet al Sáhara occidental—, la UE ha señalado a Israel como el único país sujeto a unos requisitos especiales de etiquetado.

El Ministerio de Exteriores israelí dijo que la sentencia es “inaceptable tanto moralmente como en principio”. En unas declaraciones, añadió:

Israel rechaza firmemente la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que sirve como instrumento en la campaña política contra Israel. Todo el objetivo de la sentencia es señalar a Israel y aplicar un doble rasero contra él. Actualmente hay más de 200 disputas territoriales en todo el mundo, sin embargo, el TJUE no ha emitido ni una sola sentencia relacionada con el etiquetado de los productos que proceden de esos territorios.

La sentencia de hoy es política y discriminatoria contra Israel.

Esta sentencia no hace sino disminuir las posibilidades de alcanzar la paz, y contradice las posturas de la Unión Europea sobre el conflicto. Le hace el juego a la Autoridad Palestina, que sigue negándose a entablar negociaciones directas con Israel y envalentona a las organizaciones radicales antiisraelíes que promueven e incitan los boicots contra Israel y niegan su derecho a existir.

El embajador de Israel para Naciones Unidas, Danny Danon, dijo que la decisión refleja el actual clima antisemita en Europa:

Este es otro ejemplo de la continua rendición de Europa a los enemigos de Israel. La discriminación de la UE contra la empresa sionista dará cobertura legal al antisemitismo. El fallo del tribunal sólo extenderá esta antigua intolerancia por todo el continente, proporcionando combustible adicional a las fuerzas que tratan de socavar y dañar al Estado judío. El día de hoy representa una oscura mancha en los actos de Europa, que nunca desaparecerá.

El Lawfare Project, con sede en Nueva York, que financia acciones legales para luchar contra el antisemitismo, dijo que la ley de la UE permite la discriminación contra los judíos israelíes y que posibilitará que las etiquetas de los productos se usen con fines políticos:

La sentencia del tribunal es discriminatoria a simple vista; los bienes producidos por la población judía y musulmana en la misma región tendrán etiquetas diferentes debido a las decisiones políticas tomadas por funcionarios europeos. Imponer un elemento étnico y religioso al etiquetado de productos sienta un peligroso precedente. De hecho, la sentencia es completamente inaplicable en áreas como el Golán, donde no hay “asentamientos” definidos, y el cumplimiento requeriría algún tipo de censo de la etnia, nacionalidad y/o religión de los productores para determinar cómo se deben etiquetar los productos. La falta de lógica de la sentencia la evidenció aún más que los musulmanes palestinos —la misma población que el Tribunal considera habitantes legales de, y que hacen negocios en, áreas controladas por Israel— se verán ellos mismos sujetos al humillante etiquetado. Y, aunque Israel es la patria histórica del pueblo judío, el Tribunal pretende llamar extranjeros a los judíos en su propia casa. La afirmación del Tribunal de que incluso la ubicación o dirección geográfica más precisa es inadecuada, y que la etnia y/o la nacionalidad de los propios productores es un factor necesario para el etiquetado, es una señal clarísima de que la intención es fomentar la discriminación.

La directora ejecutiva del Lawfare Project, Brooke Goldstein, dijo que la “decisión de codificar la discriminación religiosa en ley es vergonzosa para Europa”. Añadió:

No hay ninguna razón legítima para que los productos elaborados por musulmanes y judíos en el mismo lugar geográfico sean etiquetados de forma distinta. De hecho, tratar a las personas de forma diferente a causa de su religión es la definición de intolerancia, y sabemos lo que pasa cuando Europa sigue ese camino. Los musulmanes que viven bajo el régimen de la Autoridad Palestina son tan “colonos” como los judíos: a ambos se les permite el asentamiento al amparo del mismo tratado, los Acuerdos de Oslo.

El abogado principal del Lawfare Project en el caso, François-Henri Briard, dijo que el Tribunal atendió a “prejuicios políticos”.Añadió:

Si ese etiquetado se aplica a los productos israelíes, seguramente también habrá que aplicárselo a muchos otros países del mundo de los que se podría decir que vulneran el derecho internacional.

El asesor jurídico de Psagot Winery, Gabriel Groisman, dijo:

Si bien hay muchos esfuerzos para intentar discriminar y boicotear a Israel, aquellos que estén afectados por los boicots deben seguir defendiendo sus derechos en los tribunales de justicia de todos los rincones del mundo. A pesar de la sentencia desfavorable de este Tribunal, pueden estar seguros de que Psâgot no dejará de luchar por sus derechos de ser tratados en pie de igualdad y con justicia por la ley.

El Departamento de Estado de EE.UU dijo que los requisitos de etiquetado “indican un sesgo antiisraelí” y añadió:

Estos requisitos sólo sirven para fomentar, facilitar y promover los boicots, desinversiones y sanciones (BDS) contra Israel. Estados Unidos se opone de manera inequívoca a cualquier actividad de BDS y al intento de presionar o aislar económicamente a Israel o deslegitimarlo. El camino hacia la resolución del conflicto israelo-palestino son las negociaciones directas. Estados Unidos está con Israel y contra los intentos de presionarlo o aislarlo económicamente o deslegitimarlo.

Eugene Kontorovich, profesor de la Facultad de Derecho Antonin Scalia de la Universidad George Mason, y director del Kohelet Policy Forum, con sede en Jerusalén, dijo que el Tribunal europeo estaba “poniendo una nueva clase de estrella amarilla en los productos de elaboración judía”. Añadió:

Ahora los productos judíos son los únicos que tienen que llevar etiquetas especiales basadas en su origen. Esta discriminación flagrante hace que sea más urgente que nunca que la Administración Trump desafíe a Bruselas haciendo oficial la que ha sido durante mucho tiempo su práctica: permitir que los productos sean etiquetados como “Hecho en Israel”.

La sentencia también demuestra que no se trata de los palestinos, sino de los judíos. Porque en los Altos del Golán, donde no hay palestinos ni debate sobre un Estado palestino, los europeos han impuesto la misma norma. Y sabemos que no tiene que ver con la ocupación, porque no aplican esta norma en cualquier otro territorio ocupado del mundo.

Menachem Margolin, presidente de la European Jewish Association, con sede en Bruselas, lo resumió así:

Toda la base de la política de etiquetado es puramente discriminatoria contra el único Estado judío del mundo. ¿Hay algún otro país en el mundo con territorios disputados sujetos a esta política tan flagrantemente parcial? La respuesta es: no. También va contra el estándar internacional de comercio fijado por la Organización Mundial del Comercio.

Lo que es particularmente irritante es el mensaje que esto lanza a la opinión pública israelí.

Cuando las tiendas, escuelas y empresas se ven obligadas a cerrar por los ataques masivos e indiscriminados con cohetes desde Gaza, y los israelíes se refugian y las ciudades y pueblos fronterizos se blindan contra lo peor, la UE les lanza una señal no de apoyo o solidaridad, sino de un etiquetado punitivo e innecesario.

Este es el peor tipo de manipulación mientras arde Roma. Que el Tribunal europeo mencione a Israel por su “vulneración de las normas del derecho internacional humanitario”, mientras que Hamás y sus acólitos bombardean a inocentes poblaciones civiles en Israel es una de las más perversas ironías que he presenciado en mucho tiempo.

 

 

*Soeren Kern es miembro principal del Gatestone Institute, con sede en Nueva York.

Fuente:es.gatestoneinstitute.org

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