Enlace Judío México e Israel.- La institución, pionera en la lucha contra el nazismo y en memoria de las víctimas del Holocausto, muestra su indignación al Gobierno de España por una circular de la Fiscalía que ampara a grupos nazis bajo la ley de delitos de odio.
MIQUEL RAMOS
El director de Relaciones Internacionales del Centro Simon Wiesenthal, Shimon Samuels, ha remitido una carta al presidente del Gobierno español manifestando su indignación tras conocer una circular de la Fiscalía que considera a los nazis un colectivo amparado por la legislación de delitos de odio. Según explican en su página web y desde su oficina en París, la misiva fue remitida el pasado lunes, día en que se conmemoró el 80 aniversario de la liberación del campo de exterminio de Auschwitz por las tropas soviéticas, a cuyos actos acudió el rey Felipe de Borbón y mandatarios de varios países junto a varios supervivientes.
La polémica Circular 7/2019 sobre pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el artículo 510 del Código Penal, publicada el año pasado, señalaba que “una agresión a una persona de ideología nazi, o la incitación al odio hacia tal colectivo, puede ser incluida en este tipo de delitos”. Esta interpretación contradice el verdadero motivo de la legislación de delitos de odio, que es proteger a los colectivos vulnerables, tal y como recogen los organismos internacionales impulsores y defensores de esta figura legal como la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) o el Consejo de Europa.
«Es una broma enferma, una bofetada a todos los sobrevivientes del Holocausto, al igual que la afirmación de que los nazis nunca podrían perdonar a los judíos por obligarlos a construir Auschwitz»
Shimon Samuels, director de Relaciones Internacionales del Centro Simon Wiesenthal
En este sentido, Samuels pregunta al presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, si considera también un crimen “la incitación al odio al ISIS, a ETA o a aquellas ideologías que apoyan el exterminio de lo que consideran razas inferiores”. En la carta se tacha esta interpretación de «una broma enferma, una bofetada a todos los sobrevivientes del Holocausto, al igual que la afirmación de que los nazis nunca podrían perdonar a los judíos por obligarlos a construir Auschwitz”. Ante ello, el Centro Simon Wiesenthal insta al presidente del Gobierno español «a tomar las medidas apropiadas […] contra aquellos que profanaren la memoria y banalicen las atrocidades nazis».
Fiscalías de delitos de odio
Las fiscalías de delitos de odio no se pusieron en marcha en España hasta el año 2010, y no fue hasta 2014 cuando el Ministerio del Interior empezó a publicar datos al respecto. Desde entonces no han sido pocos los casos polémicos que se han visto salpicados por esta legislación pensada para proteger a colectivos vulnerables, de acuerdo con la definición aprobada desde el Consejo Ministerial de la OSCE celebrado en Maastricht en 2003:
“Toda infracción penal, incluidas las cometidas contra las personas o la propiedad, donde el bien jurídico protegido, se elige por su, real o percibida, conexión, simpatía, filiación, apoyo o pertenencia a un grupo. Este grupo se basa en una característica común de sus miembros, como su ‘raza’, real o percibida, el origen nacional o étnico, el lenguaje, el color, la religión, la edad, la discapacidad, la orientación sexual, u otro factor similar”. Decisión n. 4/03 de la OSCE
Esta misma definición es la que recoge la propia web del Ministerio del Interior. La protección de grupos nazis bajo la ley de delitos de odio que la circular 7/2019 de la Fiscalía pidió el año pasado ya se venía aplicando desde hacía años. El documental 12 d’Octubre: cultura de l’odi i legítima autodefensa explica exactamente lo que hoy denuncia el Centro Simon Wiesental. Se trata del caso de seis jóvenes antifascistas que tuvieron un enfrentamiento con grupos neonazis tras una manifestación ultraderechista en Barcelona el 12 de octubre de 2013. El fiscal de Delitos de Odio de Barcelona pedía para cada uno de ellos 17 años de prisión, con el agravante de discriminación ideológica, extremo que finalmente fue rechazado por el juez. El documental, realizado por Metromunster, reflexiona sobre la aplicación de esta legislación pensada para proteger a colectivos vulnerables en beneficio de quienes históricamente los han perseguido. Es la misma pregunta que hace Shimon Samuels a Pedro Sánchez en la carta remitida: “¿Va a encarcelar los sobrevivientes de Auschwitz por haber incitado el odio a los nazis?”
El Centro Simon Wiesenthal fue fundado en 1977 en Estados Unidos en honor al judío austríaco superviviente de cinco campos de concentración nazis que dedicó toda su vida a perseguir criminales de guerra nazis, consiguiendo atrapar a más de 1.000, entre ellos a uno de los artífices de la Solución Final, el teniente coronel de las SS Adolf Eichmann, escondido en Argentina.
Esta no ha sido la única vez que la interpretación arbitraria que hace el Estado español de esta legislación provoca sorpresa en diferentes organismos expertos y pioneros en la lucha contra los delitos de odio. Ya en 2018, la Comisión Europea Contra el Racismo (ECRI) y la OSCE criticaron que en España se aplicara esta figura legal contra quienes insultan o agreden a miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FSCE).
El caso más controvertido en este sentido ha sido el de los jóvenes de Altsasua, condenados por una pelea de bar con varios agentes de la Guardia Civil. La Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional resolvió finalmente el año pasado mantener la condena fijada por la Sección Primera de dicho Tribunal, incluyendo el agravante de discriminación ideológica, a las siete personas condenadas por este polémico caso, para el que también la Fiscalía pedía aplicar el delito de terrorismo. En octubre, el Tribunal Supremo rebajaría las penas al rechazar el agravante de discriminación ideológica atribuido anteriormente. “El que fuesen guardias civiles ya ha sido tenido en cuenta para conformar la tipicidad del delito de atentado”, concluyó la sala. Los jóvenes siguen en prisión con penas de hasta nueve años y medio.
Fuente: La Marea
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