Enlace Judío- En artículos anteriores, he mencionado lo enriquecedor que es comentar conceptos asociados entre comportamiento y religiones, principalmente ante un público que quizás no es conocedor de algunas interpretaciones, como en el caso del judaísmo, del cual en reiteradas oportunidades he visto análisis exegéticos provenidos de miembros de otras religiones o de personas con poca profundidad en el detalle. En este caso, la columna hace referencia al judaísmo y la posibilidad de enfrascarse en una guerra.
Para comenzar, se debe destacar que desde el punto de vista rabínico existen tres tipos de guerras asociadas principalmente en una cuestión de reconstrucción histórica de la tierra prometida o en el caso de la Era Mesiánica, a citarse:
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- Guerras obligatorias (Miljamot Jová)
- Guerras optativas (Miljamot reshut)
- Guerras de anticipación o prevención (Miljamot Mitzvá)
De entrada, se debe encuadrar que las causas de la guerra o lo que se conoce tradicionalmente en el Derecho Internacional moderno como ius ad bellum*, no está permitido desde el punto de vista judío generar una guerra que no haya tenido causas previas que obliguen a un Estado judío a tener que tomar las medidas represivas como respuesta. En otras palabras, no hay justificación desde una interpretación religiosa para entrar en un enfrentamiento armado contra otro pueblo o grupo salvo que exista una posibilidad de riesgo a su propia existencia, la cual está contemplada en la guerra de anticipación y que tiene su referencia en el Tratado de Mishné Torá, Melajim 5:1, como guerras disuasorias ante eventuales ataques de enemigos:
«Un rey no debería librar otras guerras antes de ‘miljamot mitzvá’. ¿Qué se considera como ‘miljamot mitzvá’? La guerra contra las siete naciones que ocuparon Eretz Israel, la guerra contra Amalec y una guerra se libraron para ayudar a Israel de un enemigo que los ataca. Posteriormente, puede emprender una lucha de liebres, es decir, una guerra peleada con otras naciones para expandir las fronteras de Israel o magnificar su grandeza y reputación…».
El texto anterior es interpretativo y habla de las guerras antiguas, aunque no descarta, en el caso de los dominios de la tierra prometida, que en caso de una guerra se pudiera extender más allá de los límites originales según algunas interpretaciones. Pero debe quedar claro que en la formación del Estado de Israel, se aplica la normativa de los Estados seculares y no todos los principios, ya que desde un punto de vista jurídico judío la paz es un valor soberano por encima del concepto de la tierra.
Dicho sea de paso, cuando se menciona la guerra de 1967 entre el Estado de Israel y tres países árabes (Egipto, Siria y Jordania), el concepto de ius ad bellum desde la perspectiva religiosa judía obedecería a ese concepto de Miljamat Mitzvá, la cual también se usaba en el pasado para prever focos de «asimilación» y destrucción del pueblo, por lo que ante una ordenanza de corte religioso se justificarían las Miljamot Mitzvá de pueblos enemigos de los judíos que además de su destrucción física querían su exterminio espiritual, por lo que además de ser un ius ad bellum (guardando las distancias ya que el concepto es moderno), tenía una justificación de “jerem” o excomunión religiosa por ser considerados anatemas, y esto llevaría a justificar tanto su destrucción como la conquista de la tierra que de todas formas según el relato bíblico fue ofrecida al pueblo hebreo para que estableciera su pueblo dentro de las fronteras de la Antigua Canaán; aunque esto por supuesto es un contexto asociado con el mito religioso.
Aún y con lo expresado por el concepto de Miljamot Mitzvá, en el concepto de ius in bello (comportamiento durante la guerra), los rabinos establecen una serie de lineamientos que podrían o no cumplirse en los criterios de guerras modernas:
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- Causar el menor número de víctimas civiles para la legitimidad del ataque (desde un punto de vista religioso), lo cual no simboliza la posibilidad de que se deba utilizar el mínimo de fuerza, sino ser precisos a la hora de realizar una operación.
Comentario: Con los nuevos sistemas de armas las posibilidades de víctimas civiles son irremediables, aunque hay técnicas, al menos en el moderno Estado Judío, que no se ven utilizadas en otros ejércitos del mundo, como llamadas telefónicas a los habitantes de los lugares que serán bombardeados, el uso de la técnica de «golpe de techo» que se hace con una bomba de sonido, o el uso de notas enviadas desde el aire. Cuando se toma en consideración por ejemplo las operaciones de Rusia o Siria en Aleppo se nota que el objetivo de los bombardeos aéreos es dar una verdadera «lección» a los enemigos.
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- Evitar atacar no combatientes
Comentario: En la circunstancia moderna de las guerras irregulares, este aspecto es altamente complejo ya que la distinción entre combatientes y no combatientes se hace muy difuso, esto violentaría por supuesto la Convención de Ginebra de 1949 del uso de distintivo por parte de grupos armados, pero al tratarse de organizaciones al margen de la ley esta circunstancia podría ser violentada sin muchos tapujos.
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- Daños contra el ambiente están prohibidos, por lo tanto el uso de armamento que genere destrucción irreversible está vetado desde un punto de vista religioso.
Comentario: El Estado de Israel ha sido constantemente acusado de poseer armamento nuclear, el gobierno no lo asegura ni lo niega, como tampoco ha firmado convenios relacionados con el tema, por lo que la disuasión de su tenencia genera ciertos conflictos para los detractores y enemigos del Estado Judío.
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- No se debe tomar rehenes y debe respetar la vida de los prisioneros.
Comentario: Sin duda uno de los temas polémicos a la hora de enfrentar las guerras actuales, sin embargo la toma de rehenes es referido al modo de operar de agrupaciones al margen de la ley como Tupac Amaru, OLP, terroristas chechenos, Hezbolá, etc. que tiene como objetivo el reclamo de condiciones para liberar o asesinar a los secuestrados. Quizás en el esquema de intercambio de prisioneros es donde se vería algo similar, pero no con un objetivo extorsivo, esto demuestra la «facilidad» con la que en el 2011 los israelíes liberaron 1027 prisioneros palestinos involucrados en actos de terror a cambio del soldado Guilad Shalit tomado como rehén en junio de 2006.
Pese a todo lo mencionado previamente, es evidente que aun cuando toda religión tiene una serie de pautas para comportarse en situaciones extremas, la realidad va por un camino diferente que el ideal de la moralidad religiosa, y la humanidad se impone lo que lleva a cometerse errores y a veces crímenes de un impacto irremediable.
NdE: *Rama del derecho que define las legítimas razones que un Estado tiene para entrar en guerra y se enfoca en ciertos criterios que para hacer la guerra justa.
Las opiniones, creencias y puntos de vista expresados por el autor o la autora en los artículos de opinión, y los comentarios en los mismos, no reflejan necesariamente la postura o línea editorial de Enlace Judío.
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