Enlace Judío México e Israel – En la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, en el Noreste Argentino, se llevó adelante un juicio a un acusado por vandalizar con pintadas antisemitas e inscripciones nazis un parque público, reportó Centro Simon Wiesenthal.
Hoy se dieron a conocer los fundamentos mediante los que se condena al acusado a 3 años de prisión condicional por el delito de propaganda basada en ideas de superioridad y dirigido por su odio racial o religioso contra la comunidad judía, agravado por dañar espacio público. Además debe concurrir a cursos determinados por la filial de la DAIA (representación política de la comunidad judía argentina) local y realizar tareas comunitarias para una entidad de bien público.
Lo novedoso de la sentencia es que aplica la Definición de Antisemitismo de la Alianza Internacional del Recuerdo del Holocausto (IHRA, por sus siglas en inglés) elaborada en 2016, adoptada por Argentina por Resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores en junio del 2020 e incorporada al cuerpo legal de la Provincia de Entre Ríos por su propia legislatura.
“El criterio propuesto por la DAIA local y adoptado por el Tribunal fue el desarrollado por la Oficina Latinoamericana del Centro Wiesenthal desde antes de la adopción por parte de Argentina. Utilizado primero por nuestra denuncia ante la Universidad de Cuyo para condenar hechos antisemitas. Adoptar una definición elaborada por un organismo internacional permite que la calidad de antisemita de un hecho sea objetiva y no subjetiva, es decir, sujeta a la interpretación de un juzgador. Si lo que está en revisión está previsto en la definición, no cabe otra solución que considerarlo como antisemita. En este caso, el Tribunal complementó la Ley Antidiscriminatoria con la Definición generando un transcendente antecedente”, sostuvo el Dr. Ariel Gelblung, Director del Centro Wiesenthal para América Latina.
El Dr. Shimon Samuels, Director de Relaciones Internacionales concluyó “Estos éxitos jurisprudenciales latinoamericanos son envidiables y constituyen un ejemplo para los tribunales europeos que se resisten a imponer ‘circunstancias agravantes’ en sus sentencias. Nuestro ‘Manual de Aplicación de la Definición’, bajo el auspicio de la Organización de los Estados Americanos (OEA), podrá adaptarse a las necesidades de Europa.”
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