La Corte Internacional de Justicia impuso medidas provisionales adicionales a Israel a raíz de una solicitud de Sudáfrica, como parte de su caso de genocidio contra el Estado judío, informó Arutz Sheva.
En su decisión, la Corte observa que, desde el 26 de enero de 2024, “las catastróficas condiciones de vida de los palestinos en la Franja de Gaza se han deteriorado aún más, en particular dada la privación prolongada y generalizada de alimentos y otras necesidades básicas a las que se enfrentan los palestinos en la Franja de Gaza han sido sometidos”, y que “los palestinos en Gaza ya no se enfrentan sólo al riesgo de hambruna, como se señala en la Orden del 26 de enero de 2024, sino que esa hambruna está comenzando”.
A juicio de la Corte, “las medidas provisionales indicadas en la Orden del 26 de enero de 2024 no abordan íntegramente las consecuencias derivadas del cambio de situación, justificando así la modificación de dichas medidas”.
La orden establece que el Estado de Israel, de conformidad con sus obligaciones en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, “adoptará todas las medidas necesarias y eficaces para garantizar, sin demora, en plena cooperación con la ONU, el suministro a escala y sin trabas por parte de todos los interesados de servicios básicos y asistencia humanitaria que se necesiten con urgencia, incluidos alimentos, agua, electricidad, combustible, alojamiento, ropa, higiene y saneamiento, así como suministros y atención médica a los palestinos en toda Gaza, incluso aumentando la capacidad y el número de puntos de cruce terrestres y manteniéndolos abiertos durante el tiempo que sea necesario”.
Además, la orden obliga a Israel a “garantizar con efecto inmediato que su ejército no cometa actos que constituyan una violación de cualquiera de los derechos de los palestinos en Gaza como grupo protegido bajo la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, incluso impidiendo, mediante cualquier acción, la entrega de la asistencia humanitaria que se necesite con urgencia”.
La Corte también ordenó a Israel que le presente un informe sobre todas las medidas adoptadas para dar efecto a esta Orden, dentro del plazo de un mes a partir de la fecha de su emisión.
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