El siguiente es el texto del acuerdo que ha puesto un alto al fuego entre Israel y Hezbolá en Líbano, propuesto por Estados Unidos y cuya entrada en vigor comenzó este 27 de noviembre tiempo local.
Anuncio de un Cese de Hostilidades y Compromisos Conexos sobre Acuerdos de Seguridad Reforzados y Hacia la Aplicación de la Resolución 1701 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Tras las conversaciones mantenidas con los gobiernos de la República del Líbano (en adelante, “Líbano”) y del Estado de Israel (en adelante, “Israel”), los Estados Unidos de América y Francia entienden que el Líbano e Israel buscan un fin sostenible a la actual escalada de hostilidades a lo largo de la Línea Azul y están dispuestos a adoptar medidas para promover las condiciones necesarias para una solución permanente y global.
Estos entendimientos reflejan las medidas que Israel y el Líbano se han comprometido a adoptar para aplicar plenamente la Resolución 1701 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (RCSNU), reconociendo que la RCSNU 1701 también exige la plena aplicación de las resoluciones anteriores del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, incluido el “desarme de todos los grupos armados en el Líbano”, de modo que las únicas fuerzas autorizadas a portar armas en el Líbano sean las Fuerzas Armadas Libanesas (FAL), las Fuerzas de Seguridad Interna, la Dirección de Seguridad General, la Dirección General de Seguridad del Estado, las Aduanas libanesas y la Policía Municipal (en adelante, “las fuerzas militares y de seguridad oficiales del Líbano”). A tal efecto, Estados Unidos y Francia entienden lo siguiente:
1. Israel y el Líbano implementarán un cese de hostilidades a partir de las 04:00 horas (IST/EET, 27 de noviembre de 2024) de conformidad con los compromisos detallados a continuación.
2. A partir de las 04:00 horas (IST/EET) del 27 de noviembre de 2024, el Gobierno del Líbano impedirá que Hezbolá y todos los demás grupos armados en el territorio del Líbano realicen operaciones contra Israel, e Israel no llevará a cabo ninguna operación militar ofensiva contra objetivos libaneses, incluidos objetivos civiles, militares u otros objetivos estatales, en el territorio del Líbano por tierra, aire o mar.
3. Israel y el Líbano reconocen la importancia de la Resolución 1701 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para lograr una paz y una seguridad duraderas y comprometerse a adoptar medidas para lograr su plena aplicación, sin violación de las normas internacionales.
4. Estos compromisos no impiden que Israel y el Líbano ejerzan su derecho inherente de legítima defensa, de conformidad con el derecho internacional.
5. Sin perjuicio de la Fuerza Provisional de las Naciones Unidas en el Líbano (FINUL) y sus responsabilidades, o de los compromisos asumidos en la RCSNU 1701 y sus resoluciones predecesoras, las fuerzas militares y de seguridad oficiales del Líbano, la infraestructura y el armamento serán los únicos grupos armados, armas y material conexo desplegados en la zona meridional de Litani que se muestra en el Plan de Despliegue de las Fuerzas Armadas del Líbano adjunto (en adelante, “la zona meridional de Litani”).
6. De conformidad con la RCSNU 1701 y sus resoluciones predecesoras, a fin de impedir el restablecimiento y el rearme de grupos armados no estatales en el Líbano, toda venta o suministro de armas y material conexo al Líbano será regulado y controlado por el Gobierno del Líbano. Además, toda la producción de armas y material conexo dentro del Líbano será regulada y controlada por el Gobierno del Líbano.
7. A fin de aplicar la RCSNU 1701, y una vez que comience el cese de las hostilidades de conformidad con el párrafo 1, el Gobierno del Líbano otorgará todas las facultades necesarias, incluida la libertad de movimiento, a las fuerzas militares y de seguridad oficiales del Líbano, y les dará instrucciones, de conformidad con la resolución 1701 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y las resoluciones que la precedieron, para que:
a. Vigilen y hagan cumplir las normas contra toda entrada no autorizada de armas y material conexo en el Líbano y en todo el territorio del país, incluidos todos los cruces fronterizos, y contra la producción no autorizada de armas y material conexo en el Líbano.
b. Empezando por la zona sur de Litani, desmantelen todas las instalaciones no autorizadas existentes que se dediquen a la producción de armas y material conexo, e impidan el establecimiento de dichas instalaciones en el futuro.
c. Empezando por la zona sur de Litani, desmantelen toda la infraestructura y las posiciones militares, y confisquen todas las armas no autorizadas que sean incompatibles con estos compromisos.
8. Los Estados Unidos y Francia tienen la intención de trabajar en el marco del Comité Técnico Militar para el Líbano (MTC4L) para posibilitar y lograr un despliegue total de 10.000 soldados de las Fuerzas Armadas Libanesas en el sur del Líbano lo antes posible. Además, los Estados Unidos y Francia tienen la intención de trabajar con la comunidad internacional para apoyar a las Fuerzas Armadas Libanesas según corresponda para lograr ese aumento en sus niveles de despliegue en el Líbano y mejorar sus capacidades.
9. Una vez que comience el cese de las hostilidades de conformidad con el párrafo 1, y sin perjuicio de la FINUL y su mandato y responsabilidades en virtud de la RCSNU 1701 y sus resoluciones predecesoras, Israel y el Líbano resuelven, en coordinación con la FINUL, reformular y mejorar el mecanismo tripartito (en adelante: “el Mecanismo”). El Mecanismo reformulado y mejorado, auspiciado por la FINUL, presidido por los Estados Unidos e integrado por Francia, supervisará, verificará y ayudará a garantizar el cumplimiento de estos compromisos.
a. Israel y el Líbano cooperarán con el Mecanismo y lo facilitarán, y garantizarán su seguridad.
b. El Mecanismo trabajará con el MTC4L para fortalecer la capacidad y la capacitación de las Fuerzas Armadas Libanesas para inspeccionar y desmantelar sitios e infraestructura no autorizados, tanto en la superficie como bajo tierra, confiscar armas no autorizadas y prevenir la presencia de grupos armados no autorizados.
c. Junto con la labor del Mecanismo, la FINUL seguirá trabajando de conformidad con su mandato, incluidas las iniciativas que apoya mediante su función de convocatoria que mejoran la eficacia del Mecanismo.
10. Israel y el Líbano informarán de cualquier presunta violación al Mecanismo y a la FINUL sin perjuicio de sus respectivos derechos a comunicarse directamente con el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. El Mecanismo elaborará procedimientos adecuados para consultar, inspeccionar, reunir información y ayudar a garantizar el cumplimiento de estos compromisos.
11. Tras el comienzo del cese de las hostilidades de conformidad con el párrafo 1, el Líbano desplegará sus fuerzas militares y de seguridad oficiales en todas las fronteras y en todos los cruces fronterizos terrestres, aéreos y marítimos regulados y no regulados. Además, las Fuerzas Armadas del Líbano desplegarán fuerzas, establecerán bloqueos y puestos de control en todas las carreteras y puentes a lo largo de la línea que delimita el Área Sur de Litani.
12. Una vez que comience el cese de las hostilidades de conformidad con el párrafo 1, Israel retirará sus fuerzas de manera gradual al sur de la Línea Azul y, en paralelo, las Fuerzas Armadas Libanesas se desplegarán en posiciones en la zona sur de Litani que se indican en el Plan de Despliegue de las Fuerzas Armadas Libanesas adjunto, y comenzarán a cumplir sus obligaciones en virtud de los compromisos, incluido el desmantelamiento de sitios e infraestructura no autorizados y la confiscación de armas y material conexo no autorizados. El Mecanismo coordinará la ejecución por parte de las Fuerzas de Defensa de Israel (FDI) y las Fuerzas Armadas Libanesas del plan específico y detallado para la retirada y el despliegue graduales en esas zonas, que no deberá exceder de 60 días.
13. Israel y el Líbano solicitan que los Estados Unidos, con la colaboración de las Naciones Unidas, faciliten negociaciones indirectas entre Israel y el Líbano con el objetivo de resolver los puntos en disputa restantes a lo largo de la Línea Azul, de conformidad con la resolución 1701.
Los Estados Unidos y Francia entienden que los compromisos anteriores serán aceptados por Israel y el Líbano simultáneamente con este anuncio.
Estos compromisos tienen por objeto permitir que los civiles de ambos lados de la Línea Azul regresen sanos y salvos a sus tierras y hogares. Los Estados Unidos y Francia tienen además la intención de liderar los esfuerzos internacionales para apoyar la creación de capacidad y el desarrollo económico en todo el Líbano a fin de promover la estabilidad y la prosperidad en esta región.
Reproducción autorizada con la mención siguiente: ©EnlaceJudío
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